Hola Silvia, buenas noches:
La pregunta es “buena” y tiene algo de “escondite”. A ello nos hemos referido en alguna sesión tutorial realizada en la web.
Verás, la Ley permite la posibilidad que en la demanda inicial de desahucio se tenga por solicitada la ejecución en lo relativo al lanzamiento, pero no hace referencia ninguna a la diligencia de embargo correspondiente. Es por eso que el Tribunal opta por la respuesta válida que se indica
Cuidemos, por favor, esos detalles
GRACIAS