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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #289292
    Academia Opositas
    Participante

    Buenas noches:

    Para la composición del tribunal constitucional,el consejo general del poder judicial propone 2 magistrados , pero necesita proponerlo con mayoria de 3/5?.

    Otra cuestión:

    Para la interposición del recurso de inconstitucionalidad,están legitimados además del Presidente del Gobierno,defensor del pueblo…cuando nos dice 50 diputados, se refiere a 50 diputados o más o sólo 50 diputados, lo mismo pasa cuando se refiere a 50 senadores o más?

    #289293
    pilarricky
    Participante

    Buenas noches,

    Sí, el CGPJ propone el nombramiento de dos magistrados por mayoría de 3/5, ahora bien, hay que tener en cuenta que en la Constitución no se dice nada al respecto de cuál es la mayoría necesaria, sino que viene especificado en la propia LOPJ (art 599). En algún test he visto que preguntaban expresamente por eso, sobre si en la Constitución se decía o no cuál era la mayoría necesaria…

    Respecto a tu segunda pregunta, yo me tomo al pie de la letra lo que dice la Constitución, si dice 50, pues 50 (entiendo que ese sería el mínimo, pero con 50 ya valdría).

    Un saludo

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