Buenas tardes compañer@s.
Se me plantea una duda en cuanto a los libros de votos reservados y el libro de sentencias que existen en todos los juzgados y tribunales y que hace a ellos referencia la Ley de Enjuciamiento Criminal.
Como bien dice la ley, en cada juzgado o tribunal existirá un libro de sentencias en el que se incluirán firmadas todas la definitivas, autos de igual carácter, así como los votos particulares.
Pero en la LECr tambien nos habla del libro de votos reservados… ¿Cual es exactamente la diferencia entre un voto reservado y un voto particular?
Muchas gracias y un saludo.