Hola, buenos días.
Tengo una duda de competencias, a ver si alguien podría aclarármela.
Las demandas de responsabilidad civil de Presidentes de Comunidades Autónomas, y de los miembros de las Asambleas Legislativas así como sus Consejeros, será el TSJ competente si no corresponde tal al Tribunal Supremo por el Estatuto de Autonomía.
Hasta aquí claro.. pero ¿ puede como sala de lo penal instruir y fallar las causas penales contra ellos?
Porque en las competencias del TSJ no especifica, dice que el conocimiento de las causas penales serán los que el Estatuto de Autonomía reserve para ellos. Y en las competencias del Tribunal Supremo tampoco hace referencia explícita a los altos cargos de una Comunidad Autónoma, sólamente a los de la Administración General del Estado.