En el cao del nº 10 del Art.250.1 y nº 11 del Art. 250.1, en el tema cuando dice que no se exigirá caución al demandante , ni se admitirá oposición del demandado, ni tampoco solicitudes de modificación o de sustitución de las medidas por caución se refiere a los dos casos o únicamente al caso nº 11 sobre el cumplimiento de un contrato de arrendamiento financiero o contrato de venta a plazos con reserva de dominio.
Gracias