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30 julio, 2013 a las 8:38 am #287021
Academia OpositasParticipanteBuenos días, me gustaría recuperar un artículo que leí hace unos días y que me parece interesante. Ya me diréis que opináis al respecto.
[center]¿Qué se entiende por reclamación? Oposición que se hace a algo injusto, mostrando no consentir en ello (RAE).
[/center]
¿Es por tanto injusto suspender a un alumno en junio que no ha aprobado ni un solo examen de la materia a lo largo del curso? Pues parece ser que sí, y más en segundo de bachillerato, pues la ley lo ampara y por muy injusto que parezca el docente debe acatarlo. ¿Para qué sirve entonces la convocatoria extraordinaria de septiembre si la Administración puede aprobar en junio?¿Para qué sirve esforzarse y estudiar si la ley ampara suspender porque valora otros parámetros que se consideran más importantes que el aprendizaje específico de la materia?
Pero al margen de las leyes y la burocracia, está la “preciosa” labor de enseñar, transmitir y educar, sin desoír los valores éticos para refugiarse en la mentira, la deshonestidad y la comodidad.
Esta reflexión está dedicada a los docentes que alguna vez han visto cómo su profesionalidad queda puesta en tela de juicio. Pero sobre todo está dedicada a los alumnos que estudian en verano sus materias pendientes y que sienten el dolor de agravios comparativos tremendamente injustos al haber acatado las notas de sus profesores y no reclamar. Su labor callada y limpia, siempre tendrá recompensa basada en su esfuerzo, nunca en un regalo ni en una victoria administrativa.
[right]Fdo. Anónimo[/right]
Ya daré mi opinión al respecto, pero me gustaría leer que opináis ustedes.
Gracias
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