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15 abril, 2005 a las 11:07 am #337296
Academia OpositasParticipanteHola al tod@
Me hago un lío con este párrafo… 🙄
“En el ámbito de la Administración General del Estado, la indemnización consistirá en el abono de los gastos de viaje incluidos los de su familia que efectivamente se traslade y el pago de los gastos de transoporte de mobilaria y enseres, así como una indemnización de 3 mensualidades de la totalidad de sus retribuciones, execepto el complemento de productividad, cuando se produzca cambio de provincia o isla. Ello sin perjuicio de otras ayudas…”
NO se tiene derecho a la indemnización si es por cambio de [b]municipio[/b]? 😯 , o la referencia a las [b]3 mensualidades[/b] sólo es para el caso de cambio de provincia?
Es decir, por cambio de municipio se tiene derecho a los gastos de viaje y enseres y si es por cambio de provincia tiene derecho [i]además[/i] a 3 mensualidades de sueldo?Uyss, espero haberme explicado jeje, es q creo q a este párrafo le falta un punto y seguido 😀
Un saludín 😛
15 abril, 2005 a las 11:35 am #337297
epa2ParticipanteHola loreley, espero que estes bien 🙂
pues mira,yo entiendo que se trata de un cambio de provincia, (aunque no sabría decirte muy bien el motivo)
recuerdo ahora vagamente que por ley los funcionarios estan obligados a residir en el municipio donde trabajen… por lo que deduzco que podría ser un cambio de provincia…
no obstante, es un tema interesante, a ver más opiniones…
nos vemos pronto, prontito
15 abril, 2005 a las 6:10 pm #337298
Academia OpositasParticipanteHola ñeros, según como yo lo tengo entendido tal como lo dices tu lorelei esta de categoria.
La indemnizacion consistirá en el abono de los gastos de viaje, incluidos los de su familia, una indemnización de tres dietas por el titular y cada miembros de su familia que efectivamente se traslade y el pago de los gastos de transporte de mobiliario y enseres.[u][b]Esto es para traslados en diferente municipio pero no provincia.ok.[/b][/u]
Y las [b][u]3 mensualidades [/u][/b]de la totalidad de sus retribuciones, excepto el complemento de productividad, cuando se produzca cambio de provincia o isla.
15 abril, 2005 a las 6:24 pm #337299
Academia OpositasParticipanteHola jauria 😀
Ya me voy más tranquila jeje
Buen finde compis! 😛 P P
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