Una preguntita, a lo mejor parece una tonteria pero no me queda del todo claro.
Admitir un recurso de apelación en un solo efecto o en ambos efectos, si alguien me lo explica me vendría genial.
Otra cosita como sugerencia, un esquemita como el de recursos civiles para los de contencioso? es que los tipos de casacion me tienen frita.
Gracias anticipadas y salutidos.