Buenas Rufo,
Pues yo pienso que el recurso que se interpone es contra la incapacitación, ya que esta determinaria la extención y los limites así como el regimen de tutela o guarda. Se podría apelar la sentencia por disconformidad en algunos de los apartados antes mencionados y de oficio en segunda instancia se volverían a practicar las pruebas a que se refiere el art 759 LEC.
La demanda de incapacitación debe incluir el nombramiento de la persona/s que se harán cargo del incapacitado, según la ley el Juez oirá a los parientes más próximos del presunto incapaz, a éste, si tuviera suficiente juicio, y a las demás personas que se considere oportuno, así que contestando a tu pregunta bajo mi punto de vista, la remoción del cargo de tutor se haría una vez dictada sentencia (posterior apelación o más adelante en un nuevo proceso de incapacidad). Aunque igual me equivoco.
Y los que podrían solicitar el cambio de tutor son los mismo que están legitimados para proponer la demanda de incapacitación (art. 757 LEC) .
No se si he contestado a tus preguntas, esperemos que dicen los demás compañeros y Bg