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BoudicaParticipante
Buenas tengo varias dudas:
En lo referente a las causas (oposición):
4ª El carácter abusivo de una cláusula contractual que constituya el fundamento de la ejecución o que hubiese determinado la cantidad exigible. Yo entiendo que hay dos causas…
Esta claro que las causas 1ª y 3ª mandará sobreseer , la causa 2ª fijará la cantidad por la que haya de seguirse la ejecución.ahora bien “De estimarse la causa 4º, se acordará el sobreseimiento de la ejecución cuando la cláusula contractual fundamente la ejecución. (causa 1º) En otro caso, se continuará la ejecución con la inaplicación de la cláusula abusiva. Sería esta la causa 2ª??? o que es lo que quiere decir???
párrafo 4. contra el auto que ordene el sobreseimiento (esta claro que son las causas 1º y 3ª, lo que no esta claro es la inaplicación de la cláusula abusiva o la desestimación de la oposición por la causa prevista en el apartado 1.4º anterior ( cual??).
gracias de antemano. Saludos.BoudicaParticipanteBuenas tardes, una cosa no me queda clara y es:
Ahora bien, en el remate, de bienes muebles hay 2 posibilidades en las que el ejecutante puede pedir la adjudicación del bien:
1. Cuando la subasta es sin postores
2. Cuando el LAJ deniega la aprobación del remate.
En estos 2 casos puede el ejecutante solicitar la adjudicación y a estos momentos, o “casos previstos”…pues bien mirando en el articulado donde sen encuentra el 2.??? el 1. esta en el art 651.
Gracias.BoudicaParticipanteSi efectivamente, gracias.
BoudicaParticipanteentones no tienen reconvención verdad???
28 diciembre, 2017 a las 8:25 pm en respuesta a: Allanamiento parcial en procedimiento monitorio #326787BoudicaParticipantehola mirando esta duda me ha surgido otra, yo creia que donde dice el art”pudiendo formularse “oposición”…etc. ( se referia al art 556).. por lo que veo tambien el art 557… gracias
BoudicaParticipantePrecisamente, pues como tengo muchas dudas, me veo incapaz de resolver a nadie ninguna duda… yo lo llevo esto regular… tirando a mal.
BoudicaParticipanteEntonces:
Preside la Comisión General de Secretarios de Estado y subsecretarios:
a) Ministro de la presidencia si no hay Vicepresidente del Gobierno.
b) Vicepresidente del Gobierno si no existe Ministro de la Presidencia.
Gracias. saludos.BoudicaParticipanteHola mi duda es la siguiente: cuando se resolverán dichas dudas??? Saludos . Gracias.
BoudicaParticipantehola de nuevo, primeramente gracias, pero no viene la lista¡¡¡ solo la plantilla….. gracias nuevamente.
25 abril, 2017 a las 9:17 pm en respuesta a: memorizar competencias juzgados y tribunales de lo contencioso #325503BoudicaParticipantehola al hilo de la pregunta, como se sabe que dicha competencia “excluidas las impugnaciones de cualquier clase de instrumentos d planeamiento urbanistico , es competencia del TSJ???
Asi tambien tengo la siguientes dudas, ocurre lo mismo con el art 8.2 donde dice “salvoñ cuando procedan del respectivo consejo de gobierno?? y y en punto a) cuestiones de personal, salvo que se refieran al nacimiento o extinción de la relación de servicio de funcionarios públicos de carrera… tambien el TSJ??
graciasBoudicaParticipanteHola hasta ahi queda claro, entiendo la diferencia entre plaza vacante y plaza desierta, pero No entiendo la relación entre el art 28.3 y el art 29.2…. y precisamente el art 29.2 donde dice ” no será ncesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado…” pues yo entiendo que que un auxilio que haya promocionado no quiera tomar posesión de tramitación y no hace falta Ir a tomar posesión, pero lo que no veo es por le dice al “puesto de trabajo adjudicado” si NO es adjudicado…. en fin espero haberme explicado…
BoudicaParticipantehola gracias por contestarme…. entonces el art 4 del Real Decreto 1451/2005 ya no vale… verdad???
BoudicaParticipantehola de nuevo pilarrichy, yo tengo entendido esto: no excedera de 350; actualmente son 344, de los cuales a España le corresponden 21. Estoy en lo cierto??? Gracias saludos.
BoudicaParticipanteGracias pilarrichy!!!! ahora si. !!
BoudicaParticipanteHola, en primer lugar gracias por contestar… en parte si y en parte no, me he aclarado con la duda..pues el art 818 .2 al remitirme al 438 es donde me hago lio, en concreto , tendríamos que tener en cuenta el art 438.4 ???pues habla de VISTA… Gracias nuevamente.
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