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Pregunta 22 – Test del tema 9 número 1

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #376863
    majohuga
    Participante

    El artículo 30 del estatuto se refiere, entre otras cosas, a las diputaciones.

    Pero exactamente, ¿dónde se especifica que la administración autonómica de las provincias le corresponda a las diputaciones?. En este artículo se puede leer que el gobierno y la administración autónoma de las provincias corresponden a las diputaciones.

    Yo creo que “autónoma” es una cosa y “autonómica” es otra. Por ejemplo, y aunque no tenga mucho que ver, no es lo mismo un reglamento autónomo que un reglamento autonómico.

    ¿Qué opináis?.

    Muchas gracias. Saludos.

    #376864
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Majohuga:

    ambos términos, tanto Autónomo como Autonómico tienen la misma raiz.

    Si buscamos Autonómico en el diccionario de la RAE nos habla de:

    “Perteneciente o relativo a la autonomía”

    Es decir, que lo que tiene autonomía es autónomo.

    Por lo tanto, podemos hablar de Administración Autónoma o de Administración Autonómica de las provincias.

    Espero haberte ayudado.

    Un saludo

    #376865
    majohuga
    Participante

    Muchas gracias, CR.

    En caso de caer esta pregunta en un examen, el Tribunal o cualquier opositor podría “agarrarse” a la literalidad del Estatuto … o no. Es una pregunta con juego y posibles discrepancias.

    Para mí, sería impugnable por no ser exacto el enunciado y dar lugar a posibles confusiones. Las diputaciones pertenecen a la Administración Local y el enunciado da lugar a pensar que se mezcla la Administración Autonómica con la Local.

    En cualquier caso, insisto en agradecerte tu opinión.

    Un saludo.

    #376866
    Academia Opositas
    Participante

    Hombre, aquí no creo que el tribunal te conceda la razón por el tema de la literalidad.

    Las leyes importantes, de cara a la oposición, no permiten interpretaciones y las preguntas serán literales. Ahora bien, si se “juega” con algún sustantivo a través de sinónimos, cambios en el término pero que mantengan el significado en todos sus aspectos… no sería impugnable.

    Otra cosa es que nos den dos respuestas y ambas, aunque correctas, una de ellas sea literal, en cuyo caso sí que tendríamos que decantarnos por dicha opción.

    Un saludo

    #376867
    majohuga
    Participante

    Cosas peores y más raras he visto y he sufrido, CR.

    Asunto zanjado. No deseo crear polémica ni problemas.

    Un saludo.

    #376868
    Academia Opositas
    Participante

    Totalmente de acuerdo que cosas raras… para escribir un libro; siento que te hayan tocado personalmente.
    Ahora bien, los opositores tenéis que tener la capacidad de no deteneros demasiado en los detalles que no sean importantes (aunque sí que podrían dar lugar a debates muy interesantes, pero poco productivos de cara al estudio) para aprovechar al máximo el tiempo. Además, es nuestra obligación centrar vuestra atención en lo importante y zanjar lo prescindible que todo esto sólo es para aprobar.

    Un saludo

    #376869
    majohuga
    Participante

    Comparto plenamente tu opinión al respecto. Optimizar y rentabilizar al máximo el estudio. Efectivamente, lo que tratamos de conseguir es una plaza, nada más.

    Un saludo.

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
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