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23 agosto, 2010 a las 6:14 pm #377645
VDORADOA
ParticipanteBuenassss!!!
Aqui os dejo unas preguntillas.Un saludete
Pag 18 hablando del principio inquisitivo, enumera algunos artículos en los que ciertas acciones las inicia el propio administrado, pero de oficio que significa porque yo pensaba que de oficio es la forma de iniciar el organo competente el procedimiento, pero entonces no me cuadra porque en el art 74 de la LRJAP dice que impulso de oficio, entonces esto que significa que tiene que estar el administrado reclamando al órgano al que corresponde la tramitación de este procedimiento, para que inicie o continue trámites??
Pag. 21 declaración responsable ycomunicación previa, esta es la primera vez que se de este trámite en el procedimiento administrativo, cuando se presente, imagino que es obligatorio no??
pag 23. dice que se puede prescindir del trámite de audiencia, cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas por el interesado. Según este apartado yo prescindiria de este trámite siempre ya que todo lo que el interesado pueda alegar a su favor lo debe de hacer en la instrucción del procedimiento, o esto se hace por si no se esta conforme con algo???
Pag 26 hablando del desistimiento y renuncia dice que si el escrito de iniciacion se hubiera iniciado por dos o más interesados, este solo afecta al que lo solicite, pero más abajo dice que terceros interesados instasen su continuación…. estos terceros se refiere a aquellos que no inician el procedimiento pero se podrian ver afectados por la resolución del mismo???
pag 30 dice que en los supuestos en los que el procedimiento se hubiera paralizado por causa imputable al interesado, se interrumpirá el computo del plazo para resolver y notificar la resolución. Esto entiendo que a consecuencia de esto se paraliza mientras se le requiere y por eso retrasa la resolución pero no porque al interesado le convenga no es asi??
Pag 31 Bo, me podrias dar un ejemplo de un acto personalisimo de no hacer o soportar y que pueda ser ejecutado por complusión directa sobre las personas y en que consiste este procedimieto??
pag 25 cuando habla de las cuestiones conexas que se pueden derivar de un procedimientos y que las pone de manifiesto a los interesados para que se pronuncien sobre ellas, este trámite lo hace antes de la propuesta de resolución verdad???24 agosto, 2010 a las 11:23 am #377646Academia Opositas
ParticipanteHola xugus23, voy a intentar ayudarte con las cuestiones:
Pág. 18: Tenemos que tener en cuenta que una actuación de oficio es un trámite o diligencia administrativa o judicial el cual para que se inicie, no es necesario que lo haga a instancia de parte (no actúa la parte interesada), por tanto, un órgano competente tiene la decisión de iniciar o no un tramite o diligencia administrativa por acuerdo del órgano competente, por propia iniciativa, por orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia (Iniciación de oficio), y en el supuesto del artículo 74 de la LRJAP es el mismo órgano el que impulsa el procedimiento.
Pág. 21: En relación de las declaraciones responsables y comunicaciones previas, efectivamente será obligatorio la presentación del documento registrado, siempre que así lo exija la lejislación correspondiente, para que produzcan los efectos oportunos con los requisitos exigibles, permitiéndose así el reconocimiento o ejercicio de un derecho, o bien el inicio de una actividad desde el día en que se presenta.
Pág. 23: Esta es una opción dentro de la participación de los ciudadanos, donde se podrá omitir o privar el trámite de audiencia cuando no se refleje en dicho procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni presentación de pruebas alegadas o razones por el propio interesado. Mi consejo es evitar interpretar la propia ley, ya que si añades en el aprendizaje la palabra “siempre” puede llevarte a errar en pregunta del propio examen, puesto que podría darse el caso de no cumplirse cualquier circunstancia anteriormente indicada.
Si haces el favor me comentas si te voy aclarando las dudas.
Espero haberte podido ayudar.
Un saludo
24 agosto, 2010 a las 11:12 pm #377647Academia Opositas
ParticipanteHola xugus23, continuo con las siguientes dudas:
Pág. 26: Efectivamente se trata de los terceros interesados que, sin haber iniciado el procedimiento, se personan en él en tanto no haya recaído resolución definitiva.
Pág. 30: Sí, en efecto. en este caso el interesado quiere que pase el tiempo para que el procedimiento caduque y así poder librarse de una multa, por ejemplo. Pero si la Administración correspondiente se da cuenta, interrumpe el plazo de caducidad para así retrasar la resolución y poder cobrar esa deuda.
Pág. 31: Una obligacion personalísima de no hacer o soportar, puede ser cuando un okupa se le pide que deje de ocupar la vivienda donde está ilegalmente, y cuando la Administración competente agota todos los trámites solicita el desalojo (que sería la ejecución por compulsión directa). La ejecución por compulsión directa es un procedimiento que afecta directamente al interesado, y le obliga a hacer o no hacer algo, claro dentro del respeto a la Constitución.
Pág. 25: Si, el órgano competente pondrá de manifiesto las cuestiones conexas a los interesados antes de emitir la resolución, y por un plazo no superior a 15 días podrán formular las alegaciones que estimen oportunas y aportar los medios de prueba necesarios en cada caso.
Espero haber resuelto tus inquietudes.
Un saludo
30 diciembre, 2010 a las 7:01 am #377648VDORADOA
ParticipanteBuenos días bo!!
Aqui te dejo algunas preguntillas!!! jeje 😀
Un saludete!!
PAG 14
dice que los reglamentos son eficaces una vez que termina la publicación en el D.O o BOE, a los 20 días sigueintes, entonces cuanto tiempo duran publicados, yo tenía entendido que un día no es así??
pag 23 el plazo que da de 10 a 15 días para alegaciones en el tramite de audiencia, no entiendo porque pues si ya dice que los interesados podran en cualquier momento anterior a la propuesta de resolución podrán formular alegaciones
pag 26 cuando habla de la renuncia o desistimiento de un interesado y habla de terceros que instasen su continuación por ejmplo estos últimos cuales serian aquellos que no han iniciado el procedimiento pero que pueden verse afectados por la resolución del procedimiento??
pag 35. habla en el art 107.2 de los procedimientos que pueden sustituir al recurso de alzada y r.de reposición, y al final dice que “la aplicación de estos procedimientos en el ámbito de la Administración Local no podrá suponer el desconomiento de las facultades resolutorias reconocidas a los órganos representativos electos establecidos por la Ley” creo que no tiene mucha importancia este apartado pero me gustaría saberlo!
pag 37
no entiendo porque dice que la resolución del recurso resolverá en parte las pretensiones formuladas en el mismo.
pag 40
hablando de la revisión de oficio, después de enumerar los casos en los que proceden las indemnizaciones por las Administraciones publicas dice “todo ello sin perjuicio de que, tratándose de una disposición, subsistan los actos firmes dictado en aplicación de la misma” a que se refiere???
pag 40 hablando de la revisión de oficio dice que tiene que ser favorable para el interesado y desfavorable para el interés público. Siempre tiene que ser favorable para un interesado?? no puede declararse simplemente cuando resulte desafavorable para el interés público que yo creo que sería lo más lógico???
pag 47 porque motivos se podria paralizar el plazo de prescripción de sanciones???
pag 47 entiendo el siguiente párrafo: “No podrán sancionarse los hechos que hayan sido sancionados peonal o administrativamente, en los caso en que se aprecie identidad del sujeto, hecho y fundamento”
pag 49 no entiendo el párrafo 2 y 3 de esta página pues en el primero dice que un instrumento regulador podrá determinar la responsabilidad de cada administración, pero en el 3 dice que la responsabilidad se fijará atendiendo a los criterios de competencias, interés público e intensidad en la intervención, entonces de que manera se determina la responsabilidad??
la única diferencia que veo es que en el párrafo 2 habla de fórmulas conjuntas de actuación y en el 3 de otros supuestos de concurrencia entre varias administraciones, cuales es la diferencia entre uno y otro?
pag 50 no entiendo el párraffo 1º y 2º.
pag. 51 dice que además la administración instruirá igual procedimiento a las autoridades y demás personal a su servicio por dolo, culpa o negligencia grave. Es que además de por estas tres causas hay otras más por las que se pueda establecer dicho procedimiento de responsabilidad???
pag 52 no entiendo los siguientes párrafos “El cumplimiento o ejecucción de las medidas de carácter provisional…. y “En los caso y forma previsto por las Leyes, la Administración….
pag 53 cuando habla de la prescipción en el apartado que dice que transcurrido dos meses desde que se inicio el procedimiento… esto quiere decir que aunque no haya pasado el plazo de prescripción de una infracción si pasan estos dos meses desde que se inicia procedimiento para sanción, si no se le notifica de este procedimiento prescribirá la sanción???
pag 37
no entiendo el punto 2 art 67 convalidación.
pag 40
cuando un interesado insta un órgano para que inicie un procedimiento a solicitud de interesado esto no es lo mismo que iniciar un procedimiento de oficio por denuncia del interesado??? entonces lo de a instancia de parte que es??
pag 40 no entiendo porque de los actos que son susceptibles de ser anulables si se interpone a solicitud de interesado porque el silencio es desestimatorio, si se supone que se basan en actos que están basados en la ley y que esta dice que podrán ser nulos.
pag 47
no entiendo porque se paraliza el plazo de prescripción de una sanción cuando inicia el procedimiento de ejecucción de la sanción.
Pag 50 dice que se podrá establecer un procedimiento abreviado para los supuestos en que concurran las condiciones previastas en el art 143 de la ley. Pero en este art habla de los derechos del presunto responsable y no como yo me esperaba algunas especificaciones para que pudiera proceder dicho procedimiento.
pag 50 no entiendo el segundo párrafo, pues dice que si la resolución o disposición impugnada lo fuese po raxon de fondo o forma, tiene derecho a reclamar, pero no entiendo porque si esta se anularía, no tendría eficacia no??
pag 53
cuando dice que iniciado el procedimiento y pasados 2 meses sin practica de notificcación al interesado y que se procederá al archivo de las actuaciones, esto es igual a que prescribe el plazo de una infracción??
pag 55 que órgano se encarga del escrito de iniciación de un procedimiento disciplinario??
pag 58 resolución
a que se refiere con los informes que preceden inmediatamente a la resolución final del procedimiento??
pag 59 no entiendo el párrafo tercero de los efectos de la resolución
pag 60 resarcimiento e indemnización, entiendo que el procedimiento del cual habla pueda ser suscepctible por terminación convenional pero entonces esto significa que no se podrá terminar, por ejemplo acuerdo?? además de no entender porque si el supuesto infractor reconoce el perjuicio ocasionado y esta de acuerdo con pagar las costas establecidas porque esto no es reconocimiento voluntario de responsabilidad?? si hubiese dicho reconocimiento no es este caso si no en otros tendrá reducción en las costas a pagar??
TEST 6.4
P.7 Aqui habla del principio de publicidad pero es que del art 35 yo creo que pueden hablar del principio de publicidad tanto el punto a) como el g) y la verdad que no lo entiendo muy bien. -
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