Hola Vcuerva:
es de esperar que en el examen especifiquen en base a qué ley nos preguntan por dicho permiso.
Si nos centramos en el EBEP tenemos que son 15 días que puede disfrutar el padre o el otro progenitor, es decir, la madre o cualquier otro progenitor dentro de las combinaciones que se pueden hacer teniendo en cuenta las adopciones y las relaciones homosexuales.
Por ejemplo, si dos mujeres adoptan a un niño, una podrá cogerse el permiso de 16 semanas y la otra el de paternidad. Lo mismo ocurrirá si fuera por parto, pero lógicamente la madre se cogerá la maternidad y la “otra madre” el de paternidad.
Según la ley 12/2010, el permiso ahora es de 4 semanas. En ambas leyes es un permiso individual pero el concepto de “no transferible”, aunque no se diga en el EBEP creo que funciona igual ya que el padre no puede cederle sus días a la madre para que los sume a sus 16 semanas.
De todas formas, me informaré al respecto para que me confirmen lo que te digo, ya que al ser un permiso “nuevo” habrá que asegurarse.
De cara al examen, recuerda la literalidad de las preguntas, memorizando los conceptos en cada ley, de acuerdo?
Un saludo