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13 noviembre, 2006 a las 3:15 pm #370326
Academia Opositas
ParticipanteSi yo entro a trabajar en la JCCM a través de una bolsa de trabajo… me dan de alta en el MUFACE, no? y si es así, si formo parte de MUFACE, podría beneficiarme de sus ayudas???
Dentista, oculista, hipotecas, etc…..
Y siendo Personal Laboral fijo, perteneceríamos al MUFACE????
13 noviembre, 2006 a las 6:04 pm #370327Academia Opositas
ParticipanteA todos los que hemos entrado en la bolsa de auxiliares nos han metido en la seguridad social y NO en MUFACE.
MuFACE es sólo para los funcionarios de carrera.
Por otra parte los funcionarios interinos y personal laboral no fijo (y tambien los de carrera ) pueden beneficiarse del llamado “plan social” por el que la Junta da ayudas para todas esas cosas que dices, no hace falta estar en muface. Por ejemplo yo acabo de solicitar la ayuda de 60 euros por unas gafas (no es mucho, pero algo es algo).
Es todo lo que te puedo decir
¿Por cierto, alguien sabe novedades sobre el concurso de traslados?
13 noviembre, 2006 a las 7:25 pm #370328manse
ParticipanteHola. La muface ya sólo existe para los maestros, el resto de funcionarios se quedan con la seguridad social 🙁 ( ( cry:
13 noviembre, 2006 a las 10:25 pm #370329EUG
Participantehola, me podeis decir que es lo que hace falta para pedir lo del “plan social”, es que yo soy interino y todo lo que sea beneficiarse de algo esta muy bien. ¿Donde se solicita y que requisitos hacen falta? muchas gracias
14 noviembre, 2006 a las 8:17 am #370330Academia Opositas
Participante[quote=”EUG”:1kxcqa6g]hola, me podeis decir que es lo que hace falta para pedir lo del “plan social”, es que yo soy interino y todo lo que sea beneficiarse de algo esta muy bien. ¿Donde se solicita y que requisitos hacen falta? muchas gracias[/quote]
Hola, yo tambien soy interino.
El programa de Accion Social está publicado en el DOCM nº 256 de 21/12/05. En el encontraras todos los requisitos para solicitar ayudas de diversos tipos.
Si tienes alguna duda comentamelo. Un saludo.16 noviembre, 2006 a las 9:53 am #370331Academia Opositas
ParticipanteMe he estado leyendo el programa de Acción Social, y según su artículo 2, se aplica a personal funcionario, de carrera e interino, y a los contratados laborales, fijos y temporales, al sercicio de la Administración de la Junta y sólo excluye al personal docente.
Segun esto, las oposiciones que salieron el día 7 de noviembre, de personal laboral, se entiende que tienen los mismos Beneficios que los funcionarios, no?
16 noviembre, 2006 a las 11:21 am #370332Academia Opositas
ParticipanteEfectivamente, se les aplica el mismo programa de Acción Social.
16 noviembre, 2006 a las 2:33 pm #370333Academia Opositas
ParticipanteEntonces no entiendo muy bien la diferencia que puede haber de personal laboral a funcionario.
Ya se que siendo funcionario no te pueden echar, pero personal laboral fijo, es una garantía, y aunque se supone que pueden echarte, no suele ocurrir, no?
Y además de esta diferencia, qué otras hay?.
16 noviembre, 2006 a las 2:58 pm #370334epa2
Participantehola a todos..
básicamente y como díria mi maestro, la diferencia fundamental entre un funcionario de carrera y un laboral es que ambos se rigen por normativas distintas…
mira, en mi trabajo, al lado de mi mesa, hay varios laborales que tienen el mismo horario, sueldo, etc, etc, que yo, y hacen el mismo trabajo que yo, pero como te decía, ellos se rigen por un convenio único de age (el de los laborales) y los funcionarios de carrera por otra normativa…
si deseas más información bajate el convenio único de los laborales para este año, allí encontrarás las preguntas a todas tus respuestas.
saludos y nos vemos por la feria del tocinoooooooooo
16 noviembre, 2006 a las 5:08 pm #370335Academia Opositas
ParticipantePorque normativa se rige un funcionario?, ya tengo el V Convenio de Personal Laboral y es para comparar con la normativa de un funcionario.
Gracias.
16 noviembre, 2006 a las 6:20 pm #370336epa2
ParticipanteHola de nuevo… mira,, se podría decir que se rigen por varios reales decretos y otras dispocisiones del ejecutivo….
si quieres realizar un EXAMEN A FONDO, vete a esta página que te pongo,, aquí encontrarás toda la legislación que necesitas….
[url=http://www.map.es/documentacion/legislacion/gestion_rrhh.html]http://www.map.es/documentacion/legisla … _rrhh.html[/url]
especialmente indaga, investiga, escudriña, estudia y examina con atención la normativa general.
FUNDAMENTALES SON…
Ley de Funcionarios Civiles del Estado Decreto 315/1964, de 7 de febrero
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Públicaluego, si quieres leerte estos decretillos para tu interes, je je…
te vendrá bien echar un vistazo al Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, de Régimen Disciplinario de los Funcionarios Públicos
tambien al Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes
tambien al Resolución de 20 de diciembre de 2005, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal civil al servicio de la Administración General del Estado. BOE 27-12-2005
bueno, ya me dirás, será bueno que te lo leas, de hecho, el leerse estas disposiciones hace que uno vaya muy muy bien preparado para el examennnnnn
hay mucho que leer y ESTUDIAR
nos vemos por la feria del tocinoooooooooooo
16 noviembre, 2006 a las 6:32 pm #370337epa2
ParticipanteSe me olvidaba con tanto lío,,m,
¿el convenio de los laborales no va por el segundo???
[url=http://www.map.es/prensa/convocatorias/listado/2006/02/2006_02_27.html]http://www.map.es/prensa/convocatorias/ … 02_27.html[/url]
de todas maneras, no TE ESTUDIES LOS LABORALES para el examen de auxiliares AGE, pues no entra,, si te lo quieres leer a titulo informativo, bien..
ya me dices
que me voy para la feria del tocinoooooooooooooo
17 noviembre, 2006 a las 11:59 am #370338Academia Opositas
ParticipanteMuchas gracias Epa2
De todas formas… no te coincide el Convenio, porque yo estoy mirando el de la Junta de Castilla La Mancha.
Entonces, aunque sea personal laboral de la JCCM o Funcionario, tendría que mirarme las normas de AGE, o la JCCM tiene sus propios convenios???
VAYA LÍO!!!!
17 noviembre, 2006 a las 2:37 pm #370339epa2
Participante[quote=”pocoApoco”:1kkevyqx]Muchas gracias Epa2
De todas formas… no te coincide el Convenio, porque yo estoy mirando el de la Junta de Castilla La Mancha.
Entonces, aunque sea personal laboral de la JCCM o Funcionario, tendría que mirarme las normas de AGE, o la JCCM tiene sus propios convenios???
VAYA LÍO!!!![/quote]
uffff, vaya, he metido la pata,, no me había dado cuenta de que tu estabas hablando de la mancha, y yo de age, pero bueno, un laboral es un laboral tanto en la mancha como en age, no importa, salvo que se rigen por convenios distintos, como tu bien dices. 🙂
si lo que quieres es mirarte las normas específicas de los laborales de la mancha, entonces, te has de ir al convenio de la mancha,,, claro.. (creo que te entendí que preguntabas eso, corrigeme si me equivoco)
suerte y nos vemos pronto, prontitooooooooo
17 noviembre, 2006 a las 5:59 pm #370340pasabaporaqui
ParticipanteEl V convenio para personal laboral de la JCCM lo puedes encontar en esta dirección
[url=http://www.stas-clm.org/~archivos/VConvenioColectivoPersonalLaboral.pdf]http://www.stas-clm.org/~archivos/VConv … aboral.pdf[/url]Espero que sea de ayuda.
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