Foros OPOSITAS

duda test

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #381047
    isidro fernandez
    Participante

    Buenos dias:
    En la pregunta 46 del test 1 del tema 6, la respuesta es la A.
    Mi duda es: por que no es la A y la B?

    46. Según el artículo 87.2 de la Constitución, las Asambleas Legislativas de las
    Comunidades Autónomas podrán tomar la iniciativa legislativa:
    a) solicitando al Gobierno la adopción de un proyecto de ley
    b) remitiendo a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha
    Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea para su aprobación
    c) solicitando al Congreso la adopción de un proyecto de ley
    d) remitiendo a la Diputación Permanente del Congreso una proposición de ley,
    delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea para su
    defensa

    #381048
    junta-andalucia
    Participante

    Buenas tardes,

    La citada pregunta incide en la literalidad del precepto legal, en concreto, de lo dispuesto en el art. 87.2 de la CE. Así dicho artículo establece que:

    La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de las Cámaras.

    Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa.

    Como podrás observar el apartado segundo del artículo 87 abre una doble posibilidad a las Asambleas de las Comunidades Autónomas:

    -en el primer caso no estamos propiamente ante un supuesto de iniciativa legislativa, sino ante una manifestación concreta del derecho de petición. Si el Gobierno acepta la propuesta de la Asamblea, ésta no tiene más participación en la tramitación del proyecto, que sigue los pasos de cualquier iniciativa gubernamental.

    -En el segundo supuesto, en cambio, sí nos encontramos ante una verdadera iniciativa legislativa.

    En la pregunta que nos ocupa la literalidad del precepto dice que para el supuesto de remisión a la Mesa del Congreso de una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea, dicha delegación es para la DEFENSA de dicha proposición de ley remitida.

    Como la respuesta b) dice que la delegación ante el Congreso de un máximo de 3 miembros de la Asamblea autonómica para su APROBACIÓN, es por lo que estimamos que la respuesta más correcta sería la A).

    Saludos.

    #381049
    isidro fernandez
    Participante

    Valee, no veía esa apreciación de DEFENSA y APROBACIÓN

    Muchas gracias.
    Un saludo.

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Junta de Andalucía – Foro para los distintos Cuerpos de la Junta’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS