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vaya CASTAÑAZOOOOOOOOOOOO con el simulacro del examen

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 5 entradas - de la 16 a la 20 (de un total de 20)
  • Autor
    Entradas
  • #337663
    epa2
    Participante

    buenas tardes compis 😉 ¿como estan ustedes?, ¿bien?, me alegro, je je…

    ¡¡¡¡parece mentira que despues del cerca de 2 semanas del simulacro del terremoto este aún lo esté repasando y tenga dudas!!!
    👿 👿 👿 👿 👿 👿

    a ver que os parece….

    en la pregunta número 57

    [quote]
    ¿Cuándo prescriben las faltas graves?:
    a) A los dos años
    b) Al año
    c) A los tres años
    d) A los seis años
    [/quote]

    dice que la buena es la A, pero a ve si me aclaro de una vez con esto….
    según tengo memorizado de una vez, tanto la [b][color=blue]prescripción como la sanción[/color][/b] su plazo era el siguiente….

    [color=blue]
    [ul]
    Mu gravesss–>>> 2 años
    graves–>>>> 6 meses
    leves->>> 1 mes

    [/ul]
    [/color]

    ¿que os parece???? ❓

    bueno, seguimos estudiando (o al menos lo intentamos)

    nos vemos pronto, prontito

    #337664
    Academia Opositas
    Participante

    Hola epa, esto es lo que yo tengo.

    Las faltas muy graves prescriben a los seis años.
    Las faltas graves a los dos.
    Las faltas leves al mes.

    Saluditosssssss

    #337665
    epa2
    Participante

    Hola sildavia,,, 😀 wink:

    pues mira, entonces, es que yo estoy liado con alguna cosilla, tu me hablas de la prescripción de las faltas, [b]¿pero ese cómputo es el mismo que para la sanción de las faltas?[/b]

    estoy con esto liado, y es un tema que llevo arrastrando del año pasado, cuando me lo aprendo, luego, con el paso del tiempo lo olvido o peor aún, me lio con él…

    odio el tema de la situación de los funcionarios!!!!! 👿

    en fin, gracias por la paciencia

    posdata: este año es el nuestro, seguro que sí… 😉

    #337666
    Academia Opositas
    Participante

    HOla otra vez 😀

    Yo al principio también me liaba entre los funcionarios y la ley 30/92…

    [b]ART 132.1 LEY 30/92[/b]
    – Infracciones muy graves prescriben a los 3 años
    – Infracciones graves a los 2 años
    – Infracciones leves a los 6 meses

    – Sanciones por faltas muy graves a los 3 años
    – Sanciones por faltas graves a los 2 años
    – Sanciones por faltas leves 1 año

    [b]ART.20 REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO[/b]
    – Faltas muy graves prescriben a los 6 años
    – Faltas graves a los 2 años
    – Faltas leves al mes

    – Sanciones por faltas muy graves a los 6 años
    – Sanciones por faltas graves a los 2 años
    – Sanciones por faltas leves al mes

    Espero q te sirva de ayuda memorizarlo así.. 😉

    Buen finde!! 😛 P

    #337667
    epa2
    Participante

    Hola de nuevo loreley 🙂

    pues vaya fallo gordo que yo tenía…

    fijate, menos mal que todavía estamos a tiempo antes del examen…

    gracias por la aclaración, voy a intentar memorizarlo así…

    6 años
    2 años
    1 mes

    nos vemos pronto, prontito

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