Buenas noches,
Te explico.
El Tribunal General de la UE, está siendo actualmente objeto de reforma, en virtud de la cual se pretende fortalecer su propia existencia, para lo cual se están ampliando de manera gradual el número de jueces.
Actualmente lo conforman 44 jueces.
No obstante el REGLAMENTO (UE, Euratom) 2015/2422 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 16 de diciembre de 2015
por el que se modifica el Protocolo no 3 sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, indica que el Tribunal General estará compuesto por:
a) cuarenta Jueces a partir del 25 de diciembre de 2015;
b) cuarenta y siete Jueces a partir del 1 de septiembre de 2016;
c) dos Jueces por Estado miembro a partir del 1 de septiembre de 2019 número que será ampliado en los próximos años hasta que en el año 2019 se alcancen dos jueces por Estado Miembro.
Por otro lado, el Reglamento del Procedimiento del Tribunal General, en su artículo 18, indica lo siguiente:
Elección de los Presidentes de Sala
1. Los Jueces elegirán entre ellos, según lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 9, a los Presidentes de las Salas que actúan en formaciones de tres y de cinco Jueces.
2. Los Presidentes de las Salas que actúan en formaciones de cinco Jueces serán elegidos por un período de tres años. Su mandato podrá renovarse una vez.
3. Los Presidentes de las Salas que actúan en formaciones de tres Jueces serán elegidos por un período determinado.
Por lo tanto, en las salas de tres jueces el Presidente será elegido por un período determinado, y en las salas de cinco jueces por un período de tres años.
En base a todo ello, vamos a modificar dicha pregunta para adaptarlo a la recientísima modificación.
Saludos.