Hola a todos,
En el simulacro 11 del bloque 1 en la pregunta 4 se pide qué es lo que se necesita para reformar el artículo 17 de la Constitución estando vigente la declaración del estado de alarma.
La respuesta que da es la c)No es posible reforma en este estado.
Yo pensaba que lo que no se podía hacer durante los estados de alarma excepción o sitio según el artículo 169 es INICIAR la reforma de la constitución.
Esto está confirmado en el tema 2 en la página 12 que dice “Prohibe, pues, la Constitución la iniciativa de la reforma pero no la aprobación de una reforma ya planteada”
La iniciativa pensaba que ya estaba planteada cuando se produce la aprobación del proyecto por las Cámaras. Según mi teoría la correcta sería la a) Se necesita la aprobación por mayoría de dos tercios de cada cámara.
[u]¿o es que la iniciativa engloba también esta aprobación del proyecto por las Cámaras?.[/u]
A ver si alguien me puede sacar de dudas
Un saludo.