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Pregunta 15 Primera Parte

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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  • #357818
    david73
    Participante

    Hola a todos.
    Tengo una duda con esta pregunta.

    Según el art. 43 de la LOFAGE, los organismos públicos se clasifican en:
    a) Organismos Autónomos.
    b) Entidades públicas empresariales.

    Yo he contestado basándome en este artículo.
    En cambio, dan por buena la respuesta c) que incluye las Agencias Estatales.
    ¿Sería impugnable esta pregunta o es correcta?
    Muchas gracias de antemano.

    Espero que hayáis tenido suerte con el resultado.

    Un saludo.

    #357819
    Academia Opositas
    Participante

    Mira este enlace el artículo 43:
    [url=http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l6-1997.t3.html#a43]http://noticias.juridicas.com/base_dato … 3.html#a43[/url] [url]

    [/url]

    #357820
    david73
    Participante

    Muchas gracias Achaira.
    Qué coraje. Pues va a ser que no tengo esa ley actualizada.
    Un saludo y suerte para ti. 😆

    #357821
    david73
    Participante

    Pues… que me corrija Cr si ando equivocado, pero yo he estudiado esta ley por la que viene en la sección de “descargas públicas”. Y no tiene incluida las Agencias Estatales.
    Es más, acabo de consultarla y no vienen las Agencias Estatales en el art. 43.
    ¿Está esta ley actualizada?

    #357822
    david73
    Participante

    Bueno, al final he podido encontrar una explicación razonable al calvario que tenía sobre este tema.

    La Ley 28/2006, de 18 de julio, de “Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos”, modifica el artículo 43 de la LOFAGE.

    Copio el texto:

    Disposición final primera. Modificación de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado
    El artículo 43 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se modifica como sigue:

    Uno. El apartado 1 del artículo 43 queda redactado del siguiente modo:

    «1. Los Organismos públicos se clasifican en:

    a) Organismos autónomos.

    b) Entidades públicas empresariales.

    c) Agencias Estatales, que se regirán por su normativa específica y, supletoriamente, por esta Ley».

    Dos. Se adiciona un nuevo apartado 4 al artículo 43, que quedará redactado del siguiente modo:

    «4. Las Agencias Estatales se adscriben al Ministerio que ejerza la iniciativa en su creación. Las funciones de dirección estratégica, evaluación y control de resultados y de la actividad de las Agencias Estatales, se articularán a través del Contrato de gestión previsto en la normativa reguladora de éstas».

    Ruego se tenga en cuenta, para que se actualice la Ley 6/1997 en la base de datos.

    Un saludo.

    #357823
    Academia Opositas
    Participante

    Hola,
    Esta pregunta ha sido con trampa, además se supone que en el programa del temario ya no entra este apartado, no? Yo no entiendo porqué preguntan sobre los organismos publicos cuando lo han quitado, y es una pregunta de examen de convocatorias anteriores.
    Y otras años la respuesta era organimos autónomos y entidades públicas empresariales porque no mencionaban la actualización de la ley para nada.
    Estoy totalmente indignada con este examen, fácil pero con mala pipa, pues parece que se rompen la cabeza para poner las preguntas con doble intención y enrevesadas. Cada vez tengo más claro que no consiste en solo estudiar para aprobar sino en tener psicologia para deducir cual es la que darán por buena o por más correcta según la Comisión.
    Suerte para los que paseis el corte pues yo otro año más sin poder ir al segundo. Pero en fin, algún año sonará la flauta y adivinaré los pensamientos de la Comisión, para acertarlas todas, jeje. No hay que tirar la toalla, eso jamás. Afortunadamente soy funcionaria interina y no me puedo quejar, tal y como está la cosa. Y el Estado pues tendrá que esperar por mi, ellos se lo pierden, jajaja.
    Saludos a todos y muchos ánimos y suerte para el segundo.

    #357824
    Academia Opositas
    Participante

    Hola a todos:
    David73, ayer me comprometí contigo en ver esta duda por lo que te comento:

    Es una pregunta que, apoyando lo que dice Rakellina, está fuera de temario. No es que nosotros no lo hayamos incluido en el temario sino que hay que estirar mucho los epígrafes del tema 6 para preguntar por los organismos públicos.

    En más de una tutoría hemos hablado de la conveniencia de leeros toda la LOFAGE completa pero centrando vuestra atención en los primeros 40 artículos, que son los que nosotros desarrollamos en el tema 6. En esta ocasión se han salido de esos artículos y como bien indicas se refieren al artículo 43 por lo que entendemos que es una pregunta bastante difícil.

    Además, al ser una actualización que no afecta al temario no tuvimos en cuenta modificarlo en la ley que está en Descargas Públicas.

    Espero haberte ayudado.
    Un saludo

    #357825
    vcuerva
    Participante

    Cr,

    entonces si es una pregunta según tu opinión [u]fuera de temario[/u]; sería impugnable ❓

    #357826
    hipatia
    Participante

    Hola, disculpar por meterme, pero el año pasado la pregunta número 14 hacía referencia a esta parte del temario. Con lo cual no es para pillarle a uno de sorpresa.
    Saludos

    #357827
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Hipatia y Vcuerva:
    Vcuerva, no sería impugnable en ningún caso porque los epígrafes son conceptos muy amplios que se pueden ampliar sin límite.

    Ten en cuenta que es una oposición y no se ha ofrecido un temario cerrado sino sólo esos epígrafes que hay que “interpretar” para limitar todo el contenido de las leyes.

    Hipatia admito totalmente tu indicación. El año pasado también consideramos dicha pregunta como algo “fuera de lo común” pero es algo que nos vamos a plantear para la convocatoria 2010 completando el estudio de la LOFAGE.

    Por cierto, Hipatia, siempre que sea algo constructivo como en este caso, tienes los foros abiertos para participar en ellos en cualquier mensaje; no tienes que disculparte.

    Un saludo

    #357828
    david73
    Participante

    Hola Cr:
    No quiero ahondar mucho más en este asunto, pero si comentas que, en esta oposición no hay un temario cerrado y, por lo tanto, cabe la posibilidad de que puedan preguntar algo más rebuscado de alguna ley, creo que con más razón, debemos tener todas las leyes totalmente actualizadas, desde el principio hasta el final.
    Es más, en la sección “Descargas Públicas”, existe un apartado llamado “Legislación Actualizada”. Entiendo que el contenido está actualizado.

    No pretendo crear más polémica sobre este tema porque, lo hecho… hecho está.
    Lo que sí quiero es que se tome buena nota de ello, para que no tengamos que volver a ver un hilo abierto por un tema tan poco agradable como éste.

    En el tiempo que llevo de alumno, jamás he tenido ningún problema y mis palabras siempre han sido de elogio hacia Opositas por su profesionalidad y buen hacer, pero no puedo dejar de reconocer que he sentido mucha impotencia al comprobar que he contestado mal una pregunta, estando totalmente seguro que lo hacía conforme lo había estudiado.

    Olvido este tema y paso página. Hay que seguir.

    Cr, si no tengo suerte con el corte, seguiremos un año más juntos.

    Un saludo.

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