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21 marzo, 2007 a las 1:30 pm #347464
murcia27ParticipanteHolaa.. me podeis decir cuáles son las causas para la pérdida de la condición de funcionario?? o decirme el tema en el que viene??.. por que estoy buscándolo y no doy con el 😕
graciaas 😉
21 marzo, 2007 a las 2:16 pm #347465
murcia27Participanteaprovecho para poner aqui otra duda:
Los funcionarios en situación de Excedencia para el cuidado de hijos con título de
Familia numerosa de categoría general, tendrán derecho a la reserva del puesto de
trabajo durante un periodo de:
a) 3 años
b) 15 meses
c) 1 año
d) 18 mesespone que es la B… yo creo que es la A…. que decis?
😉
21 marzo, 2007 a las 3:01 pm #347466
murcia27Participanteotra dudilla… ya se que este tema a lo mejor lo cambian pero…
36) ¿Cuál de las siguientes situaciones da derecho a la reserva del puesto de trabajo
durante 1 año?:
a) Excedencia forzosa
b) Excedencia voluntaria para el cuidado de hijos
c) Excedencia voluntaria por interés particular
d) Excedencia voluntaria incentivadapone que es la b y supongo que será por descarte por que las demas no tienen derecho a reserva del puesto, pero para la excedencia para el cuidado de hijos,¿ te reservan el puesto durante 2 años no?
😉
21 marzo, 2007 a las 7:31 pm #347467
eljuaquiParticipanteTodos los trabajadores por “cuenta ajena”, tanto del sector privado como de la Administración Pública, que de acuerdo con la legislación aplicable, disfruten de los períodos de excedencia con reserva del puesto de trabajo para atender al cuidado de hijos, ya sean naturales o adoptados, de menores acogidos en los supuestos de acogimiento familiar, permanente o preadoptivo, así como para el cuidado de un familiar hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.
A estos efectos, el art. 46.3 del RD Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, establece que:
“Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a 3 años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción, o en los supuestos de acogimiento,tanto permanente como preadoptivo, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa”.
“También tendrán derecho a un período de excedencia, de duración no superior a un año, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores para atender al cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.”
… “No obstante, cuando el trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses, cuando se trate de miembros de unidades familiares que tengan reconocida la condición de familia numerosa de categoría general, [b]y hasta un máximo de 18 meses, si tienen la condición de familia numerosa de categoría especial”. [/b]
21 marzo, 2007 a las 7:37 pm #347468
eljuaquiParticipante35. 1. La condición de funcionario se pierde por alguna de las siguientes causas:
a) Renuncia.
b) Sanción disciplinaria de separación del servicio.
c) Jubilación.
d) Pérdida de nacionalidad española o de la que se ostentase de acuerdo con lo establecido en el art. 21 a), salvo que simultáneamente se adquiera la de cualquier otro Estado de la Unión Europea.
e) Pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público.
f) Falta de petición de reingreso al servicio activo durante el periodo de duración de la excedencia voluntaria por interés particular y por agrupación familiar. (13)
21 marzo, 2007 a las 7:47 pm #347469
murcia27Participantemuchas gracias eljuaqui por las super explicaciones jejeje
La duda de la pérdida de la condicion de funcionario venia por esta pregunta:….
De las siguientes afirmaciones, ¿cuál es la correcta?:
a) Uno de los requisitos para adquirir la condición de funcionario es superar las pruebas de selección
b) La pérdida de la nacionalidad española trae consigo la pérdida de la condición de funcionario en todo caso
c) La renuncia a la condición de funcionario inhabilita para el nuevo ingreso a la función pública
d) El cumplimiento de la edad forzosa de jubilación trae consigo la pérdida de la condición de funcionariosegun eso yo veo correcta la a y la d… no? dice que es la A
El apartado de los 15 meses de la familia numerosa, no viene en el temario 😕 asi que graciaas por el aporte por que no tenia ni idea
😉 un saludo
21 marzo, 2007 a las 8:59 pm #347470
eljuaquiParticipantedos observaciones….
1. quería poner en negrita lo de los 15 meses y he puesto lo de los 18 meses, pero bueno, he visto que has cojido la idea.
2. en cuanto al test, la d) no es del todo verdadera porque en mi opinión, se pierde la condición de funcionario con la [b]jubilación[/b], no solo con la forzosa….que creo que sería a los 65-70 años, según los casos.p.d: menudo bajonazo que me esta pegando esto del Estatuto del Empleado Público,… no tengo ganas ni leerlo, imaginaros el estudiarlo…
salu2.
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