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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #335725
    Academia Opositas
    Participante

    Quisiera saber qué procedimiento de reforma se utilizaría para modificar el art.14 estableciendo algún tipo de discriminación.
    Esta pregunta es de algún test que he hecho (no se dónde) y sé que decían que el extraordinario, pero no lo veo claro, pues no es un derecho de la sec 1ª del Título I., aunque sea muy importante “IGUALDAD”. Yo creo que tendría que ser por el proced.ordinario.
    Gracias

    #335726
    Academia Opositas
    Participante

    Así es Albaydani:
    el [u]procedimiento extraordinario[/u] que se establece en el artículo 168 de la Constitución es para los artículos:
    [b]- 1 al 9
    – 15 al 29
    – y del 56 al 65[/b]
    Por lo tanto para reformar el artículo 14 sería necesario un [u]procedimiento ordinario[/u].
    Un saludo 😉

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