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29 abril, 2005 a las 3:53 pm #337717
Academia OpositasParticipanteTengo dos preguntas de test muy parecidas pero que al final han conseguido confundireme.
En el ámbito de la AGE ¿quien aprueba los planes de empleo?
a) Gobienro
b)MAP
c)Minist. Economía y Hacienda
d) MAP y Minst. Economia y HaciendaEn esta pregunta la correcta dice ser la b) MAP
EN cambio a la preguna
¿Quien aprueba los planes de empleo de la AGE
a)Secretario de Estado para la Administración Pública
b)Ministro de AAPP
c)Consejo de Ministros
d)Subirector general de la Organización Admisnistratien esta dice ser la a) pero aunqu así fuera esta figura ya no existe. Creo que hay un poco de contradicción entre las dos preguntas no??
29 abril, 2005 a las 4:12 pm #337718
Academia OpositasParticipante[b]Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública [/b]
[b]Artículo dieciocho. Planes de Empleo y Oferta de Empleo Público. [/b]
6. En el ámbito de la Administración General del Estado [b]los Planes de Empleo[/b] podrán afectar a uno o varios Ministerios, Organismos o áreas administrativas concretas y [b]serán aprobados por el Ministerio de Administraciones Públicas,[/b] previo informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda.
La iniciativa para su elaboración corresponderá al Ministerio u Organismo afectado o, conjuntamente, a los Ministerios de Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda.
[b]La Oferta de Empleo Público será aprobada por el Gobierno[/b] a propuesta del Ministerio de Administraciones Públicas.(Artículo redactado por Ley 22/1993, de 29 de diciembre).
29 abril, 2005 a las 4:30 pm #337719
Academia OpositasParticipante[b]REAL DECRETO 1320/2004, de 28 de mayo,
por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Administraciones
Públicas.[/b][b]Artículo 8. Secretaría General para la Administración
Pública.[/b]1. La Secretaría General para la Administración
Pública es el órgano directivo del departamento al que,
bajo la superior autoridad del ministro, le corresponde:a) [b]La dirección, impulso y gestión[/b] de las atribuciones
ministeriales relativas al régimen jurídico y retributivo
de la función pública, relaciones laborales, prevención
de riesgos laborales, oferta de empleo público y provisión
de puestos de trabajo y movilidad profesional; la seguridad
social de los funcionarios civiles del Estado y la
gestión de los regímenes de incompatibilidades.b) [b]La organización y racionalización[/b] de las estructuras
organizativas de la Administración General del Estado
y los organismos públicos vinculados o dependientes
de ella, la promoción de la plena incorporación de las
tecnologías de la información y de las comunicaciones
a la prestación de los servicios públicos, y el impulso
y desarrollo de la política informática de la Administración,
la simplificación de los procedimientos y procesos
de gestión pública como instrumentos de modernización
y el fomento de los programas de atención e información
al ciudadano.c) El desarrollo de informes de evaluación de políticas
públicas, sin perjuicio de las competencias establecidas
en la Ley General Presupuestaria, el análisis de
impacto regulatorio en los procesos de elaboración y
decisión normativa que afectan a sus competencias, el
ejercicio de las atribuciones del Ministerio de Administraciones
Públicas en materia de inspección de servicios
de la Administración General del Estado y de los organismos
públicos vinculados o dependientes de ella y la
formulación, desarrollo y seguimiento de programas para
la mejora de la calidad de la gestión pública.29 abril, 2005 a las 4:32 pm #337720
Academia OpositasParticipante[b]REAL DECRETO 1320/2004, de 28 de mayo,
por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Administraciones
Públicas.[/b]El Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el
que se reestructuran los departamentos ministeriales,
dictado al amparo de la habilitación concedida al
Presidente del Gobierno en el artículo 2.2.j) de la
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificó
la estructura ministerial con el fin de desarrollar el
programa político del Gobierno y conseguir la máxima
eficacia en su acción y la mayor racionalidad en el funcionamiento
de la Administración General del Estado.
El artículo 13 del Real Decreto 553/2004, de 17
de abril, por el que se reestructuran los departamentos
ministeriales, atribuyó a la Secretaría de Estado de Cooperación
Territorial las competencias de la anterior Secretaría
de Estado de Organización Territorial del Estado,
con excepción de las relativas a la organización de la
Administración periférica. Así mismo, [b]se suprimió la
Secretaría de Estado para la Administración Pública,
cuyas funciones se atribuyeron a la nueva Secretaría
General para la Administración Pública.[/b]29 abril, 2005 a las 8:51 pm #337721
epa2ParticipanteHola Didota,, 😀
has estado genial, muchas gracias…
yo lo tengo memorizado de esta manera..
OEP–>>GOBIERNO
Planes Empleo->>>Secretario General para la Admón. Pública..es pregunta de examen [size=150:25t7s1o8]FIJOOOOO[/size]
nos vemos pronto, prontito
30 abril, 2005 a las 9:42 am #337722
Academia OpositasParticipanteGracias por los ánimos EPA. Me hace falta: creo que tan importante es el estudio como el ánimo para hacerlo, y llevo unos días 😥
Así que pa’lante 🙂
30 abril, 2005 a las 2:45 pm #337723
Academia OpositasParticipantegracias por las respuestas, son muy buenas
Me pregunto como hacen los demas para poder estudiar cuando todo el mundo esta de puente y con unos dias tan bonitos como estos. Este no es lugar ni el momento pero….. siento que no puedo masssss¡¡¡¡….
un abrazo -
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