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El Congreso aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público

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  • #347543
    eljuaqui
    Participante

    El Congreso aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público

    jueves, 29 de marzo de 2007

    El Congreso de los Diputados ha aprobado hoy la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, tras votar el Pleno las enmiendas del Senado.

    Casi 29 años después de la aprobación de la Constitución Española, se cumple así uno de los mandatos, hasta ahora pendientes, de la Carta Magna. El Estatuto del Empleado Público, en su elaboración, tuvo en cuenta el informe de una comisión de expertos y fue consensuado con las principales fuerzas sindicales de la Función Pública, antes de ser aprobado por el Gobierno y remitido a las Cortes Generales.

    Tras su paso por el Congreso y el Senado, enriquecido con distintas enmiendas parlamentarias, el Estatuto Básico del Empleado Público, que beneficiará a 2.400.000 funcionarios y personal laboral de las distintas Administraciones, ha sido definitivamente aprobado hoy, tras la última votación registrada en la Cámara Baja.

    #347544
    eljuaqui
    Participante

    ALGUNAS MODIFICACIONES……..POR IR HACIENDO CUERPO……..

    Disposición derogatoria única.
    Quedan derogadas con el alcance establecido en la
    disposición final segunda las siguientes disposiciones:
    a) De la Ley de Funcionarios Civiles del Estado
    aprobada por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, los
    artículos 1,2,3,4,5.2, 7, 29, 30, 36, 37, 38, 39.2, 40, 41,
    42, 44, 47, 48, 49, 50, 59, 60, 61, 63, 64, 65, 68, 71, 76,
    77, 78, 79, 80, 87, 89, 90, 91, 92, 93, 102, 104 y 105.
    b) De la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas
    para la Reforma de la Función Pública, los artículos
    3.2.e) y f); 6; 7; 8; 11; 12; 13.2, 3 y 4; 14.4 y 5; 16; 17;
    18.1 a 5; 19.1 y 3; 20.1, a) b) párrafo primero, c), e) y g)37
    en sus párrafos primero a cuarto, e i), 2 y 3; 21; 22.1 a
    excepción de los dos últimos párrafos; 23; 24; 25; 26;
    29, a excepción del último párrafo de sus apartados 5, 6
    y 7; 30.3 y 5 ; 31; 32; 33; disposición adicionales tercera,
    2 y 3, cuarta duodécima y decimoquinta, disposiciones
    transitorias segunda, octava y novena.
    c) La Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de
    representación, determinación de las condiciones de
    trabajo y participación del personal al servicio de las
    Administraciones Públicas excepto su artículo 7 y con
    la excepción contemplada en la disposición transitoria
    cuarta de este Estatuto.
    d) La Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre
    incorporación a la función pública española de los
    nacionales de otros Estados miembros de la Unión
    Europea.
    e) De la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
    las bases del Régimen Local, el artículo 92 y el capítulo
    III del Título VII.
    f) Del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18
    de abril, Texto Refundido de las disposiciones legales
    vigentes en materia de Régimen Local, el Capítulo III
    del Título VII.
    g) Todas las normas de igual o inferior rango
    que contradigan o se opongan a lo dispuesto en este
    Estatuto.

    #347545
    IVANCHU
    Participante

    Ya sabemos lo que hay que hacer… a estudiar con estos dos ojos 😯

    #347546
    Academia Opositas
    Participante

    O sea que hay que estudiarse el estatuto y además habrá que mirar los articulos que deroga de otras leyes, no es eso? 😳
    Saludos

    #347547
    epa2
    Participante

    exactamente irune, este famoso “estatubo básico del empleado público” va a ser una normativa básica, por lo que lo más probable es que pregunten sobre el….

    atención con la nueva denominación de los grupos y cosillas como que los interinos van a percibir los trienos la nómina mensual…

    en fin, a estudiarselo ya.

    nos vemos por la feria del tocinooooooooooo

    #347548
    Academia Opositas
    Participante

    Sabéis alguna página donde podamos encontrar las leyes ya actualizadas, tanto las que ha afectado la ley de igualdad como las que va a afectar el estatuto?
    Gracias

    #347549
    Academia Opositas
    Participante

    … Hola eljuaqui y demás compañeros,
    … He estado buscando en el boletín del Congreso pero no veo (es que no tengo mucho tiempo) si las enmiendas se aprobaron de una en una o en su totalidad. ¿Sabes si eso fue así?. Lo digo porque en el boletín viene el proyecto de ley con las enmiendas que envió el Senado. Por ejemplo, viene el proyecto de ley que envió el Congreso y al lado trae la enmienda aprobada por el Senado. Por ejemplo, cuando habla del proceso selectivo del Cuerpo Directivo, al lado viene la enmienda que quiere introducir el Senado.
    … No es que haya mucha diferencias pero es bueno tenerlo en cuenta, por ejemplo habla de la “moral” del funcionario en un momento dado en una enmienda aprobada en el Senado.
    … Bueno… más materia y como dice Ivanchu… con los dos ojos y con los de repuesto, que al final vamos a acabar como el que tiene lentillas y por las noches se las quita y al día siguiente se pone otras nuevas. ¡¡Que fuerte!!… y digo yo… no quieren pruebas memorísticas… entonces ¿para qué tanta materia?… “todas estas maletas de legislación para este viaje de 30 preguntas”… sin comentarios.
    … Bueno… vale… ánimos.

    #347550
    eljuaqui
    Participante

    yo tampoco he visto nada, sólo espero que lo publiquen en la página del MAP….

    en cuanto al sistema de oposición, llevas toda la razón, esto es una autentica barbaridad para solamente 30 preguntas, en fin, es lo que nos ha tocado….

    en el momento que vea algo nuevo en la página del MAP. os lo haré llegar…..

    salu2.

    #347551
    IVANCHU
    Participante

    Estoy de acuerdo con lo que decís… mucha materia y mucho tiempo que hay que dedicar para tan sólo un 33% del examen… No tiene mucho sentido pero es lo que hay.

    En cualquier caso, hacer un buen resultado en el bloque de “Derecho” es fundamental para conseguir buena nota.

    #347552
    Academia Opositas
    Participante

    Hola , y ya se ha publicado el Estatuto ?

    #347553
    cremita
    Participante

    No, aún no se ha publicado. Ha sido ya aprobado, eso sí (pasó por el Congreso, luego fue al Senado y por último ha vuelto al Congreso, el cual lo aprobó definitivamente el viernes 29). No creo que tarde mucho en salir publicado en el B.O.E.

    #347554
    Academia Opositas
    Participante

    lunes, 09 de abril de 2007:
    El Boletín Oficial de las Cortes Generales, del 9 de abril de 2007, recoge el Estatuto Básico del Empleado Público tras su aprobación definitiva por el Congreso de los Diputados, el pasado día 29 de marzo.

    El enlace a la noticia:
    [url=http://www.map.es/prensa/actualidad/noticias/2007/03/2007-03-29_02.html]http://www.map.es/prensa/actualidad/not … 29_02.html[/url]

    #347555
    IVANCHU
    Participante

    En cuanto salga calentito del Boletín a empollar.
    DUDA EXISTENCIAL:
    Los que vamos a ver la Función Pública por primera vez… como es mi caso, ya que soy Rookie… nos miramos estos dos temas por la Ley, ¿verdad? Pasamos olímpicamente del temario antiguo con excepción de la MUFACE, que sigue en vigor. ¿ES ASÍ?

    #347556
    eljuaqui
    Participante

    se ha publicado en el boletín oficial de las cortes, en el BOE, todavía no…. encima cuando se publique en el BOE, tiene un mes para que entre en vigor, con un poco de suerte….. no nos entrará….

    salu2.

    #347557
    eljuaqui
    Participante

    [quote]Disposición final primera. Habilitación competencial.
    Las disposiciones de este Estatuto se dictan al
    amparo del artículo 149.1.18.ª de la Constitución, constituyendo
    aquellas bases del régimen estatutario de los
    funcionarios; al amparo del artículo 149.1.7.ª de la
    Constitución, por lo que se refiere a la legislación laboral,
    y al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución,
    bases y coordinación de la planificación general
    de la actividad económica.
    Disposición final segunda. Entrada en vigor.
    1. El presente Estatuto entrará en vigor en el plazo
    de un mes a partir de su publicación en el «Boletín Oficial
    del Estado».
    2. No obstante, lo establecido en los Capítulos II
    y III del Título III y el Capítulo II del Título V producirá
    efectos a partir de la entrada en vigor de las Leyes
    de Función Pública que se dicten en desarrollo de este
    Estatuto
    3. Las normas aplicables de las distintas Administraciones
    en materia de Función Pública existentes en
    el momento de entrada en vigor de este Estatuto, mantendrán
    su vigencia en tanto no se opongan a lo establecido
    en el mismo o en las disposiciones dictadas en su
    desarrollo.[/quote]

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