De la pregunta 13. no habla de que tipo son las sesiones, asi que vamos a ver que dice el Reglamento de las Cortes:
Artículo 80
1. La convocatoria de las sesiones ordinarias se hará de conformidad con lo establecido en el artículo 45, la de las sesiones extraordinarias según lo establecido en el artículo 79.2, y la de las Comisiones se hará conforme a lo dispuesto en el artículo 51 del presente Reglamento.
Asi que las ordinarias se regulan en el 45 y las extraordinarias en el 79.2
Artículo 45
El Pleno de las Cortes será convocado por su Presidente, por propia iniciativa o a solicitud, al menos, de dos Grupos Parlamentarios o de una quinta parte de los miembros de la Cámara.
Artículo 79
2. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el Presidente de las Cortes de Castilla-La Mancha, con especificación del orden del día, a petición de la Diputación Permanente, de una quinta parte de los Diputados, o del Presidente del Consejo de Gobierno y se clausurarán al agotar el orden del día determinado para el que fueron convocadas.