Buenas noches, herreruela:
Durante los primeros noventa días, el funcionario tiene derecho a las retribuciones establecidas en la normativa vigente. En cada caso, tendrá que consultarlo con su Unidad Pagadora.
En la página 62 del Tema 11 aparece la nueva redacción de este artículo en el que se ha derogado el apartado a) donde se hacía referencia a esta circunstancia (en el pie de esta página puedes consultar la antigua redacción de dicho apartado.
Espero haber despejado tu duda.
Saludos
Jose