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Duda del personal eventual para Cr

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #360884
    Perseo9
    Participante

    Hola,

    Tengo una duda con el régimen del personal eventual.
    La ley dice que no se comsiderará el personal eventual a efectos de mérito en el acceso a la función pública y la promoción interna.
    Pero un concurso, ¿podría tenerse en cuenta como méritos ser personal eventual o se considera promoción horizontal interna?.

    Muchas gracias y saludos

    #360885
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Perseo9:

    ten en cuenta que el personal eventual no puede concursar. Es nombrado para un determinado puesto y no puede trasladarse.

    En el caso de que previamente haya sido personal eventual y luego haya conseguido aprobar una oposición, es decir, que ya sea funcionario de carrera, ¿se le tendría en cuenta el tiempo como personal eventual a efectos del concurso de traslado?

    No porque se tendrá en cuenta el tiempo de permanencia en el cuerpo en el que estás para obtener puntos para trasladarte.

    Si no se puntúa para acceder a la función pública… mucho menos para trasladarte dentro de la propia Administración.

    Espero haberte ayudado.

    Un saludo

    #360886
    Perseo9
    Participante

    Ok, muchas gracias Cr.

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