EL ALUMNO escribió:
En el tema 6 La AGE cuando se refiere a que los órganos superiores y
directivos son nombrados mediante los criterios de competencia
profesional y experiencia ¿se refiere solo a los órganos centrales
(MINISTRO Y SECRET.ESTADO + Subsecretario, Secretaria.Gral, Secretario
Gral Técnico, Director Gral y Subdirector Gral) o también a los
órganos directivos en ámbito territorial (delagado y subdelegado
gobierno) y en el exterior (embajadores y representantes permanentes
en Org. Internacionales)? Gracias
Respuesta:
[color=#0044ff]Buenas tardes,
Entiendo que sí, el artículo 55.11 de la Ley 40/2015 indica que sin perjuicio de lo previsto en la Ley 3/2015, los titulares de los órganos superiores y directivos son nombrados atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia.
Al ser los Delegados del Gobierno, los Subdelegados y los embajadores y representantes permanentes ante Org Int. órganos directivos, (art. 50. 4 y 5) interpreto que a ellos también se les aplica dicho criterio.
Saludos. [/color]