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vista en las diligencias preeliminares

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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #330699
    Anónimo
    Inactivo

    Buenas, hasta ahora pensaba que en caso de oposición en las diligencias preliminares la vista es una opción, pero no obligatoria, por que en art.260 dice “las partes en sus respectivos escritos de oposición y de impugnación de ésta, PODRÁN solicitar la celebración de vista, siguiéndose como juicio verbal” entonces también está la opción de que no haya vista, pero en el test 55 de civil (UT12 de tramitación) en la pregunta 10 y 12 da a entender que siempre que hay oposición hay vista , entonces ¿¿es cierto decir que siempre que hay oposición a las diligencias preliminares hay oposición??

    #330700
    Anónimo
    Invitado

    Hola Ángela, buenas tardes:

    Es totalmente cierto lo que indicas respecto a la “facultad” de celebración de vista que según la redacción del precepto que indicas se realizará a petición de parte

    Dicho eso también es cierto que las demás opciones que dan las preguntas que indicas no son respuestas válidas y por tanto la opción correcta es la que damos en el test; elemento que hemos de tener en cuenta es la ubicación de preguntas y respuestas y las opciones disponibles

    Saludos!

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