Hola Raul. El hecho es que la respuesta ofrecida no es correcta, efectivamente. No obstante la respuesta d tampoco sería cierta, por cuanto el plazo de diez dias es desde la citación y no desde la presentación de la demanda como se hace constar en la respuesta d. De la forma que están redactadas las respuestas, considero que la más idónea sería la respuesta c.
Por otro lado, en cuanto a la imposibilidad de embargas otros bienes que el vehículo, nos hemos basado en el apartado 10 del art. 250 de la LEC que me permito transcribir.
[quote]
Las que pretendan que el tribunal resuelva, con carácter sumario, sobre el incumplimiento por el comprador de las obligaciones derivadas de los contratos inscritos en el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles y formalizados en el modelo oficial establecido al efecto, al objeto de obtener una sentencia condenatoria que permita dirigir la ejecución exclusivamente sobre el bien o bienes adquiridos o financiados a plazos.
[/quote]
Materia importante, puesto que ocmo ves, la ejecución se dirigirá exclusivamente sobre el bien a que se refiere la pregunta.
Espèro tus comentarios al respecto. Saludos