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19 septiembre, 2019 a las 8:17 am #330570
IRENE.
ParticipanteBuenos días! Tengo una duda con la preg. 1: “El Príncipe heredero podrá contraer matrimonio:
a) con el consentimiento de las Cortes Generales
b) con el consentimiento del Rey
c) con el consentimiento de ambos
d) no necesita consentimiento alguno”El test da por buena la C en virtud del art. 56.4 CE (que no existe), supongo que se referirá al 57.4 CE que dice: Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes
De este precepto yo entiendo que si expresamente se prohíbe por parte del Rey y las Cortes quedan excluidos de la sucesión pero no entiendo que tengan que pedir su consentimiento para poder casarse, es decir, según ese art. si contrae matrimonio contra la expresa prohibición del rey y las cortes se le excluye de la sucesión pero puede contraer matrimonio igualmente sin su consentimiento (la consecuencia será que no podrá optar a la sucesión al trono). No sé si me explico
En este test por esa razón yo había contestado la DGracias!
19 septiembre, 2019 a las 11:30 am #330571Ana-Maria
ParticipanteBuenos días, IRENEul7
Creo que es una manera de verlo, la que señalas.
No obstante, en un examen oficial yo me decantaría sin dudas por la c) tal como señala el test.El [b]Príncipe heredero[/b], y por tanto [b]”persona que teniendo derecho a la sucesión”[/b], tal como señala el [b]57.4 de la CE[/b],[u] en su condición de tal[/u] si contrajera matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedará excluido en la sucesión a la corona, [i][b]a contrario sensu[/b][/i], el príncipe heredero, contraerá matrimonio con el consentimiento del Rey y de las Cortes Generales.
Un saludo.
19 septiembre, 2019 a las 2:13 pm #330572IRENE.
ParticipanteVale gracias! Lo preguntaba más que nada porque en test similares que tengo de mi antigua academia se daba como válida el que “no necesita consentimiento” y ya me lo había aprendido así, aunque en un primer momento yo lo entendí como dices tu Ana María, así que gracias!
30 septiembre, 2019 a las 7:25 pm #330573IRENE.
ParticipanteBuenas noches! Recupero este post, ya que he encontrado el test al que hacía referencia que me generó la duda. En concreto el test dice:
“Cuando el Rey pretenda contraer matrimonio:
a) lo puede hacer sin necesidad de autorización alguna
b) requerirá autorización de las Cortes Generales
c) lo comunicará a las Cortes y es necesario que éstas no se opongan
d) deberá tener audiencia del Jefe de la Casa RealEl test en virtud del art. 57 CE da como correcta la A. El art. 57 CE dice:4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes
Entiendo que no necesita autorización porque en el enunciado se pregunta por el que ya es Rey, es decir ya ha subido al trono y contrae matrimonio después (no tiene la condición de persona con derecho a sucesión al trono, como prevee el art. 57 CE)?? En este caso, en el que ya es Rey tampoco necesitaría la autorización de las Cortes?
Gracias!!
1 octubre, 2019 a las 7:32 am #330574Ana-Maria
ParticipanteBuenos días Irene
Si esta pregunta no esta en nuestros test y es de otra academia preferimos no opinar.
No obstante, en cuanto a la pregunta que esta en nuestro test la vamos a modificar, para que no cause más confusión y en ella vamos a consignar literalmente lo que la CE señala en este sentido.
Un saludo.
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