Tengo una duda respecto a los recursos de Reposición y Súplica de Laboral, según la LPL se sustanciarán como el recurso de reposición en la LEC, eso quiere decir que toda la tramitación de los 2 recursos es igual, y también los plazos, es decir, interposición en 5 días, traslado a las partes para impugnación en 5 días comunes y resolución mediante auto en 5 días?
Gracias,