Buenos días:
Cómo bien sabemos los Magistrados del Tribunal Constitucional son nombrados por un plazo de nueve años y que el Presidente es uno de dichos Miembros.
El plazo de nombramiento es de 3 años, reelegible por otros 3 por lo que como máximo puede ejercer durante 6 años
Dicho esto, lo que no es permitido es que esa reelección supusiera una “prórroga” de los nueve años máximos a los que nos referimos anteriormente
Espero haberlo aclarado
Saludos