Hola Santi.
Declinatoria es una cuestión de competencia en la que un órgano judicial entiende que no le corresponde el conocimiento de un asunto, por ser territorialmente incompetente y remite el procedimiento al órgano que a su entender considera competente.
La rebeldía civil significa que el demandado ha dejado transcurrir el plazo para comparecer en el procedimiento sin haberlo realizado.
La rebeldía penal, significa la ausencia de una persona a quien se imputa un delito, y es llamado en “busca y captura”.
Espero haber resuelto tus dudas y según vayamos adelantando el estudio de temas, iremos mejorando esas definiciones; de mometo creo que tenemos con lo que te he respondido.
Saludos y gracias por usar los foros de [url=http://www.opositas.com]www.opositas.com[/url]