😆 Hola de nuevo,
➡ PREGUNTA 12.- [i]¿Cuál de las siguientes relaciones entre recusado e instructor de la recusación no es correcta?
a) Presidente del TSJ – un magistrado de la Sala de lo Civil y Penal designado en virtud de un turno establecido por orden de antigüedad.
b) Un magistrado de una Audiencia – un magistrado de esa misma Audiencia designado en virtud de un turno establecido por orden de antigüedad.
c) Todos los magistrados de una Sala de Justicia – un magistrado de los que integren el tribunal correspondiente designado en virtud de un turno establecido por orden de antigüedad.
d) Un Juez de Paz – El Juez de Primera Instancia del partido correspondiente.[/i]
Me dan como respuesta incorrecta la a).
Luego el artículo 224.1.1º.- Cuando el recusado sea el Presidente o un magistrado del
Tribunal Supremo
Audiencia Nacional
O de un Tribunal Superior de Justicia,
Un magistrado de la sala a la que pertenezca el recusado designado en virtud de un turno establecido por orden de antigüedad.
Si mal no recuerdo el Presidente del TSJ presidirá la sala civil y penal, con lo cual su sala será esta, es decir, la respuesta a) sería correcta.
O por lo menos yo lo veo así … ¿me podrían corregir por favor? 😳