Hola!!!!
Mi duda es con respecto a la inhibitoria. Con la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, se elimina la inhibitoria, manteniendo únicamente la declinatoria, con lo que entiendo que la inhibitoria ha dejado de estar en vigor.
Me estoy estudiando el tema 6, y veo que hablan de la inhibitoria explicando como habría de proponerla, y me pregunto si no sería necesario actualizar este tema, eliminando todo lo referente a la inhibitoria.
Espero que me puedan aclarar lo antes posible esta duda.
Un saludo.