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JUSTICIA. DUDA DE UNA ALUMNA. REGLAMENTO DE FUNCIONARI@S

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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    Entradas
  • #332222
    Anónimo
    Invitado

    LOPJ:
    En el RD. 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
    Respecto al apartado de Promoción Interna, en su artículo 31.2. nos dice que se reservarán para su provisión por promoción interna, un 50% de las plazas vacantes incluidas para cada cuerpo en la oferta de empleo público.
    Las plazas que no se cubran por el proceso de promoción interna, acrecerán al turno libre en cada ámbito territorial..
    Pero luego en la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del poder judicial.
    en su artículo 490. nos dice que el número de plazas equivalente al 30% de las que, para cada cuerpo sean objeto de la oferta de empleo público.
    entonces tengo un poco de lío sobre eso. a ver si me lo podría aclarar.
    como también para el tema 13 y 14 de auxilio, no se bien que ley o reglamento me debo de estudiar, pro que con lo que yo tengo me estoy liando por que tengo varios articulos suertos de estas dos, entonces no se si me lo estoy mirando bien.

    #332223
    milacastillo27
    Participante

    Los cuerpos de funcionarios al servicio de la administración de justicia se estudian por el libro VI de la LOPJ, el reglamento 1451/2005 de 7 diciembre y para el tema 14 ademas el real decreto 796/2005, de 1 de julio, de régimen disciplinario. Ahora bien hay veces que la ley y el reglamento están calcado y otras que dicen cosas diferentes, como has comentado con los porcentaje de provisión por promoción interna, o para el cupo de discapacidad (la ley marca un 7% y el reglamento un 5%) o con la duración de comisión de servicio… yo me lo pongo al lado de cada uno para que me ayude la memoria fotográfica, que dice el reglamento cuando estoy viendo la LOPJ y viceversa, porque OJO!! es muy preguntable, así que tenemos que tener claro que dice uno y otro, pero en el examen te tienen que especificar si te preguntan por LOPJ o por reglamento.

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