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2 agosto, 2008 a las 6:11 pm #301592
lourdesbueno
ParticipanteHola,
¿podría alguien pasar a limpio el siguiente artículo de la LEC?Se trata del 629.2:
“Si el bien no estuviere inmatriculado, o si estuviere inscrito en favor de persona distinta del ejecutado, pero de la que traiga causa el derecho de éste, podrá tomarse anotación preventiva de suspensión de la anotación del embargo, en la forma y con los efectos previstos en la legislación hipotecaria”
No me queda muy claro lo que quiere decir.
Un saludo y gracias de antemano.
4 agosto, 2008 a las 7:42 pm #301593desjas
ParticipanteHola lourdes, vamos a intentar pasar a limpio el articulo,
El bien inmatriculado, es el bien que no esta registrado en el registro (conozco muchos sitios en mi provincia cuyas fincas no se hayan inscritas o no estan declaradas como tal)
Cuando se declara el embargo de un bien el tribunal libra un mandamiento al registro de la propiedad para realizar una anotación preventiva de embargo, pero puede suceder que el bien o no este registrado o el ejecutado no sea el titular del mismo, por lo que esta anotación quedaria suspendida sin validez. Lo que el articulo viene a decir es que es estos casos la ley permite hacer una anotación de esta suspensión en el registro cuando concurre que el bien tenga relación con este.
Yo lo entiendo que si el bien esta a nombre de tu pareja , por ejemplo, a éste se le prodría aplicar lo dicho en el articulo, se suspendería la anotación preventiva primera dictada por el Tribunal ya que la persona no es el ejecutado pero se prodría realizar una anotación de dicha suspensión por ser el de la pareja, tomando esta segunda anotación todos los efectos y derechos que la legislación hipotecari dicte al respecto.
No se si te habre aclarado la duda, de todas a ver que dicen los compis y baldo dicen al respecto
4 agosto, 2008 a las 7:58 pm #301594lourdesbueno
ParticipanteMuchas gracias, Desi, me ha quedado clarito. Creo que soy lo más torpe del mundo: como no me den las cosas desenredadas no soy capaz de ver más allá de mis narices.
Un saludito
6 agosto, 2008 a las 9:02 am #301595desjas
ParticipanteHola lourdes, no hay nadie torpe, la verdad es que los que escribieron las leyes lo hicieron en un lenguaje poco convencional que la verdad en la mayoria de los casos, yo creo que ni ellos se enteran de lo que han puesto y hay que estar un buen rato descifrando el código.
llevas mucho tiempo con estas opos? quizas sea eso, yo llevo un tiempecillo y ya pues aprendi la jerga , pero al principio todo era chino mandarin por lo menos,
animo, que con paciencia y buena letra se entera uno de todo. Nos vemos en la tutoria
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