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Viendo 5 entradas - de la 1 a la 5 (de un total de 5)
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  • #331925

    Puede enterderse como única causa de INADMISIÓN permitida al LAJ el incidente gubernativo de RECUSACIÓN del art 499.2 apart a)?

    #331926
    Anónimo
    Invitado

    HOLA!!!

    Transcribo el precepto en cuestión de la L.O. 6/85 de 1 de Julio del Poder Judicial y me dices la duda que planteas porque no la veo ¿vale?

    Artículo 499.
    1. La abstención del funcionario se comunicará por escrito motivado a quien sea competente para dictar la resolución que ponga término al pleito o causa en la respectiva instancia. En caso de ser estimada la abstención, será reemplazado en el proceso por quien legalmente deba sustituirle. De ser desestimada, habrá de continuar actuando en el asunto.

    2. Su recusación sólo será posible por las causas legalmente previstas y por los trámites previstos para la recusación de los letrados de la Administración de Justicia con las siguientes excepciones:

    a) El incidente gubernativo se instruirá por el secretario del juzgado del que jerárquicamente dependa, y lo decidirá quien sea competente para dictar la resolución que ponga término al pleito o causa en la respectiva instancia.

    Gracias!!!!

    #331927

    perdón 🙁 … quise poner apartado B en vez del a):
    Puede enterderse como única causa de INADMISIÓN permitida al LAJ el incidente gubernativo de RECUSACIÓN del art 499.2 apart B)?
    …el LAJ INADMITIRÁ EN EL ACTO LA PETICIÓN

    #331928

    Mi duda es por aquella máxima de que el LAJ ADMITE mientras que el JUEZ INADMITE, es por esto que me parecía una excepción cuando nos encontremos ante un incidente de RECUSACIÓN del 499.2 b)

    #331929
    Anónimo
    Invitado

    Hola de nuevo:

    Verás, es cierto que a nivel procesal usamos ese “protocolo de aprendizaje” para que cuando nos pregunten tengamos clara la teoría general aunque con algunas excepciones que vamos desmenuzando en clase

    En esta ocasión vemos una de esas excepciones pero, como indico, no es la única. Irás viendo a lo largo de los temas que hay más!

    Saludos

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