Hola Ángela:
La Ley Civil, como bien sabes, regula procesos civiles. Cuestión diferente es que se pueda tener conocimiento, en jn proceso civil de cualquier hecho delictivo en cuyo caso el Órgano Judicial lo pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal o deducirá testimonio para depurar las responsabilidades penales que correspondan
Es algo que suele pasar y, en consecuencia, se derivaría a la instrucción correspondiente
Saludos