Jesús, te damos nuestra opinión, siempre expuesta a otros comentarios.
La LEC establece la posibilidad de ejecucion provisional para aquellos casos en que se recurra una “resolucion judicial”, por lo que creo que tenemos que ceñirnos a ello.
Como siempre os decimos, el segundo examen de auxilio puede plantear muchas dudas, pero hay algo en que seguro que vamos a coincidir. Es primordial dominar las leyes; ahí está vuestro trabajo
Saludos.