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Dudas de casos prácticos para administradores o quien sepa

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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    Entradas
  • #301008
    ATAJU
    Participante

    Tengo cuatro preguntas, no sé si son preguntas tontas:
    1.- En el Juicio monitorio, ¿es correcto requerir de pago al deudor en el domicilio laboral si éste se encuentra en otro partido judicial?
    2.- Si el requerimiento en el monitorio ha sido positivo en el domicilio laboral, cuando se despacha ejecución, ¿la notificación del auto se practicará allí también?
    3.- En ejecución civil, si solicita el ejecutado justicia gratuita pero no tiene ningún plazo para nada, ¿se puede embargar o hacer averiguación de bienes o pedida la justicia gratuita se suspenden las actuaciones?
    4.- Se aprueban las costas de una ejecución. Si no las pagaran, ¿se amplía la demanda de ejecución o se abre una nueva ejecución por esas cantidades?

    #301009
    Rufoblanco
    Participante

    Hola ataju! Intentaré aclararte tus cuestiones.
    1.- Es correcto requerir del pago al deudor en el domicilio laboral, según establece el art. 813 LEC, en el lugar en que el deudor pudiera ser hallado, pero si este se encuentra en otro partido judicial, le corresponde al Juzgado de Primera Instancia de ese partido judicial.
    2.- Cuando se dicta el auto que despacha ejecución en el monitorio, lógicamente se notificará en el mismo lugar o en el lugar donde pudiere ser hallado, o si no se pudiere realizar, se averiguaria su domicilio conforme a lo establecido en el art. 156 LEC, todo ello a instancia de la parte.
    3.- Cuando se solicite la asistencia jurídica gratuita, una vez realizada la comparecencia para aportar la documentación requerida, en el plazo de diez dias, y aportando dicha documentación por parte del ejecutado, se dicta un auto que suspende las actuaciones, hasta que se le designe los profesionales, por lo que embargar y hacer averiguación de bienes durante ese espacio de tiempo no se realiza.
    4.- En esta cuestión, creo que lo más lógico es que la parte presente una demanda de ejecución, de ese auto aprobando las costas, en la que se generaría nuevas costas e intereses.

    De todas formas esta es mi opinión personal sobre estas cuestiones y espero haberte ayudado. Saludos.

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