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10 marzo, 2004 a las 4:09 am #292106
manolo9
ParticipanteHola.
El otro día no estoy seguro pero creo haber leido un mensaje pidiendo un esque ma de un capítulo de la constitución, en concreto, sobre los estados de alarma, excepción y sitio. Me parece que cr comentaba que tenía que dejar en descargas la ley relacionada con esto. Quería preguntar como es esta ley, si es necesario estudiarla. Debo reconocer que yo ni me la he leido e, incluso, ni la tengo. Por eso quería pedir opinión sobre esta ley y en caso de que sea importante pedir a cr que no se le olvide dejarla en descargas.
Gracias y un saludo.10 marzo, 2004 a las 4:30 am #292107Academia Opositas
ParticipanteHola Manolo:
el esquema que quiero daros es sobre el capítulo cinco del título I, pero no de los estados de alarma, excepción y sitio.
Y sobre la ley, no te preocupes, que es una ley muy chiquitita (de 36 artículos) que te vendrá bien echarle un vistazo.
Antes de acabar la semana os pongo las dos cosas en la página.
Saludillos y mucho ánimo para los duros comienzos 😉10 marzo, 2004 a las 4:49 am #292108Loira
ParticipanteHola manolo9
Hasta ahora, cuando ha caído alguna pregunta sobre los estados de excepcion, alarma o sitio (y suelen caer con frecuencia), siempre ha sido Constitución pura. Si sobrara el tiempo podriamos estudiar todas y cada una de las leyes y reglamentos q desarrollan lo apuntado en la CE o LOPJ, pero por desgracia no es asi. A veces es mejor saberse de p a pa lo esencial que dispersarse y tener una idea confusa de mil conceptos distintos. Aunque tb hay q tener en cuenta q el temario es densiiiisimo y en fin, la decisión de por donde ampliar o reducirlo es muy personal
Bueno,saludos10 marzo, 2004 a las 4:59 am #292109Academia Opositas
ParticipanteHola Loira:
totalmente de acuerdo contigo en que el temario es denso y en que las preguntas sobre los estados de alarma excepción y sitio se ciñen a la CE. En lo único que difiero es en que yo cuando estudiaba no me ceñía a lo que entraba, es decir, creo que es mejor “investigar” un poco ya que eso te hace aclararte más en lo que necesitas estudiar.
No pretendo que Manolo se estudie dicha Ley, pero si que la ojee para que tenga una visión más amplia sobre el tema. No se tarda más de una hora en leerla por encima y creo que así se quedaría con lo de la CE algo más que de memoria.
Bueno, esto es sólo una opinión, que la forma de estudio es muy personal.
Un saludo 😉 -
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