Hola Raúl. Hola Dolors.
Efectivamente, los informes del CGPJ se emiten de ordinario en el plazo de treinta dias, salvo que fueran urgentes en cuyo caso se emiten en quince dias.
No obstante el informe a la ley de planta viene establecido en la LOPJ en el plazo de dos meses.
O sea, para resumir genericamente lo que te indico en el primer párrafo y de forma más concreta el de dos meses para la de planta.
Espero que todo aclarado, aunque Dolors ya lo hizo genial.
Saludos.