Hola kasandra.
No sé si es esto a lo que te refieres, pero en el art.86ter.2 LOPJ se dice que los juzgados de lo mercantil conocerán de las demandas en que se ejerciten acciones relativas a la competencia desleal, propiedad industrial, propiedad intelectual y publicidad y de las acciones relativas a condiciones generales de la contratación, entre otras. Estas materias aparecen en el art.249.1 LEC y entran dentro del juicio ordinario civil.
Espero que esto te haya aclarado un poquito.