Hola Loles, creo que se suspende hay que entenderlo como que se detiene por el momento las actuaciones ejecutivas que estén en marcha, como un embargo por ejemplo, si el ejecutado pone a disposición la cantidad por la que fué condenado más intereses más costas. Entonces dice que liquidados los intereses y tasadas las costas, si no fuese suficiente la cantidad que el ejecutado entregó continuará la ejecución provisional y si fuese suficiente se acuerda el archivo, y se entrega al ejecutante, sin perjuicio de lo dispuesto en la sección siguiente, que se revoque o confirme la sentecia provionalmente apelada. Bueno, mas o menos es lo que entiendo. Saludos.