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Copias de los escritos

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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #331701
    Teresaa
    Participante

    No entiendo muy bien el artículo.276.3 lec cuando dice que en los supuestos de presentación en soporte papel, el procurador deberá trasladar de forma telemática las copias.

    – Entiendo que si lo hace en soporte papel es porque no interviene procurador. Entonces no entiendo porque dice que lo hace el procurador y además por medios telemáticos.

    Gracias .

    #331702
    Anónimo
    Invitado

    Hola, vamos con esa duda:

    En ocasiones es necesaria la presentación de los escritos o documentos en formato papel, conforme establece el artículo 135.4 de la LEC que después transcribo

    El art. 276 al que aludes, en ese caso, obliga al traslado a los Procuradores en forma telemática; eso es

    [ul]
    [li]135.4. Sin perjuicio de lo anterior, los escritos y documentos se presentarán en soporte papel cuando los interesados no estén obligados a utilizar los medios telemáticos y no hubieran optado por ello, cuando no sean susceptibles de conversión en formato electrónico y en los demás supuestos previstos en las leyes. Estos documentos, así como los instrumentos o efectos que se acompañen quedarán depositados y custodiados en el archivo, de gestión o definitivo, de la oficina judicial, a disposición de las partes, asignándoseles un número de orden, y dejando constancia en el expediente judicial electrónico de su existencia.

    En caso de presentación de escritos y documentos en soporte papel, el funcionario designado para ello estampará en los escritos de iniciación del procedimiento y de cualesquiera otros cuya presentación esté sujeta a plazo perentorio el correspondiente sello en el que se hará constar la oficina judicial ante la que se presenta y el día y hora de la presentación.[/li]
    [li][/li]
    [/ul]

    Saludos

    #331703
    Teresaa
    Participante

    Perfecto. Muchas gracias Baldo!

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