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Art. 476 LECr.

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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  • #294247
    Academia Opositas
    Participante

    Dice el art. 476 LECr. que si el reconocimiento y el informe pericial no pudiesen realizarse de nuevo en el juicio oral, podrán concurrir al acto:
    1) El querellante.
    2) El procesado.

    ¿Debo entender entonces que si el informe pericial sí pudiese realizarse de nuevo en el juicio oral, el querellante y el procesado no podrán asistir al reconocimiento pericial realizado en el sumario?

    #294248
    Academia Opositas
    Participante

    Hola, Jesus, pues si que asisten tanto el querellante como el procesado a la prueba pericial en el acto del juicio, por la sencilla razón de que en dicho juicio oral tienen que estar todas las partes.
    Saludos y animo. 😀

    #294249
    Academia Opositas
    Participante

    Hola, JM, no era eso, a ver si me consigo explicar bien:

    No me refería a si acuden a la prueba pericial celebrada en el juicio oral. Eso sí lo tengo claro que pueden hacerlo.

    Mi duda es la siguiente: supongamos que la prueba pericial se celebra tanto en el sumario como en el juicio oral. En este caso, ¿pueden el querellante y el procesado acudir a la prueba pericial celebrada en el sumario si dicha prueba también se celebrará en el juicio oral posteriormente?

    Un saludo.

    #294250
    Anónimo
    Invitado

    Hola Jesus, JM.
    En realidad de lo que se trata es que,, si la prueba pericial no puede tener lugar en el acto de la celebración de vista oral, no quedaría más remedio que realizarla en la fase de instrucción con absolutas garantías en orden a la pureza del proceso.
    Entendemos que es la forma de interpretar los preceptos en cuestion; dotar de garantias a la “prueba” que por razones excepcionales no puede celebrarse en su momento “idoneo” que es la vista oral
    Por supuesto que podrán asistir a dicho acto de instruccion-prueba en el momento que se realice en la fase de sumario.
    Saludos.

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