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sdelgadoParticipante
Muchas gracias… Efectivamente, me refería a si no asiste el demandante. Me ha quedado muy claro.
sdelgadoParticipanteTe digo lo mismo que rufoblanco. Yo hago 300 km 2 veces a la semana para asistir a las presenciales. Es difícil darte un consejo particular. Cada uno debe de ver si le merece la pena.. A mí, sí.
sdelgadoParticipanteOk.
Entonces 20% mensual, 50% para multa única etc…
Muchas gracias
sdelgadoParticipanteBueno, en mi opinión, la respuesta A no es incorrecta. La B es correcta y la C no es literal, pero como dice la LEC “empleando para ello los apremios que crea precisos”, yo entiendo que si lo cree preciso los empleará y si no, pues no… luego, aunque no sea literal “podrá emplear los apremios que considere precisos” tampoco me parece incorrecta…
Yo hubiera respondido la D.
sdelgadoParticipanteYo respondería la A. El artículo 95.2 CE da al Gobierno o a cualquiera de las Cámaras la posibilidad de requerir al TC sobre este tema.
Un saludo.
sdelgadoParticipanteHola:
Permitidme discrepar 😉 )
Si hablamos de ELABORACION de las pruebas, la competencia corresponde a la Comision de Seleccion de Personal (art. 486 LOPJ). Por lo tanto la respuesta correcta a la primera pregunta sería la D.
Un saludo.
11 octubre, 2008 a las 8:12 am en respuesta a: Con respecto al administrador en las herencias #302042sdelgadoParticipanteOk. Por inmueble lo entiendo a la primera.
Muchas gracias.
sdelgadoParticipanteSiempre agradecido, Baldo.
sdelgadoParticipanteMuchas gracias. La excepción de los sindicatos para los secretarios judiciales era lo que no tenía controlado.
Muchas gracias de nuevo.
sdelgadoParticipanteBien, por lo tanto, entiendo que cada orden jurisdiccional ejecuta sus propias sentencias.
Muchas gracias a ambos.
28 septiembre, 2008 a las 9:02 am en respuesta a: Declinacion en la redaccion de una resolucion #301914sdelgadoParticipanteOK. A donde no llegaba mi memoria era justo a lo del voto particular. Muchas gracias por el recordatorio, Baldo. Me lo apunto al margen.
Un saludo.
26 septiembre, 2008 a las 10:30 am en respuesta a: Declinacion en la redaccion de una resolucion #301912sdelgadoParticipanteIntentando hacer memoria, habia un caso en el que el juez ponente no podia delegar la redacción aunque tuviera voto discordante con la mayoria…
No recuerdo si era cuando coincidia el ponente con el presidente de la seccion… Sé que el asunto anda por ahí, pero no consigo encontrarlo.
Gracias de nuevo. A ver si alguien tiene mejor memoria o fue listo y lo apuntó al margen de los apuntes.
22 septiembre, 2008 a las 9:23 am en respuesta a: ÁMBITOS TERRITORIALES EN OPOSICIONES DE JUSTICIA #301871sdelgadoParticipanteHola:
Yo creo que la informacion es poder. Asi que por mi parte, me parece bien la encuesta.Un saludo.
sdelgadoParticipanteGracias muchas
sdelgadoParticipanteCreo que hasta el final del proceso selectivo no se publica la lista de destinos. Ignoro si se puede conocer ese dato con anterioridad.
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