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ontiverosParticipante
hola, a todos.
espero que este año sea el definitivo, me he presentado por canarias, y he tenido.
77 en el primero.
85 en el segundosuerte a todos.
26 julio, 2010 a las 2:19 pm en respuesta a: PARA BALDO , excedencia voluntaria por reagrupación familiar #308328ontiverosParticipantegracias a todos por vuestra colaboración….
ontiverosParticipantehola. Para Madrid hay segun edicto digital las siguientes plazas:
AMBITO TERRITORIAL PLAZAS OEP 2008
PLAZAS INCREMENTADAS CON SOBRANTES DE P.IMADRID 355 segun OEP 589 incrementadas las de promoción
interna.ontiverosParticipantehola en esta pagina [size=200:1iptn8z6]edicto wordpress[/size] saldraen breve suelen ser muy rapidos
ontiverosParticipantegracias Baldo¡.
gracias a todos animo¡¡¡¡¡.
ontiverosParticipantehola .
yo entiendo que ante un tribunal, no podemos basarnos en generalidades, si no en hechos demostrados.si el tribunal me dijera que se ha basado en la constumbre, aun asi faltaria informacion…. que es donde se han casado.
mis padres, mi tio, viven en madrid y se casaron en separacion de bienes, sin ellos tubieran un conflicto …. ante un tribunal , este no debberia basarse en la constumbre de madrid, si no en la informacion que se les diera, osea los papeles del registro civil donde dice que estan casados en separacion de bienes.
no obstante , esta es mi opinion.
suerte.ontiverosParticipantehola .
nuestra profesora nos comento en su dia, que en el segundo examen, hay que superarlos cortes de cada supuesto, por separado.
es decir no te vale de nada tener 60 puntos en el primero, y 0 en el segundo.
de ahi la dificultad de este segundo examen.
suerteontiverosParticipantehola chicas. yo tengo 62.75 de ellos 15 son del segundo supuesto, por que no superare , el corte del segundo supuesto,
con lo que os quiero dedir, que lo mejor es que nos pongamos a estudiar para la proxima oposicion …… y si ocurre un milagro bienbenido sea.
suerteontiverosParticipantePosted: Sun Jun 28, 2009 5:18 pm Post subject:
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hola respecto a la pregunta 8
al juicio cambiario se aplican las normas de art. 582 y 583 de la lec.el 582 dice: si no se encontrase el ejecutado en el donicilio que conste en el titulo ejecutivo, podra practicarse el embargo SI EL EJECUTANTE LO SOLICITA, si perjuicio de intentar de nuevo el requerimiento con arreglo a esta ley para los actos de comunicacion………………
en el caso practico del examen el ejecutado no esta, esta su mujer. yo he contestado la C .
un saludoontiverosParticipantehola respecto a la pregunta 8
al juicio cambiario se aplican las normas de art. 582 y 583 de la lec.el 582 dice: si no se encontrase el ejecutado en el donicilio que conste en el titulo ejecutivo, podra practicarse el embargo SI EL EJECUTANTE LO SOLICITA, si perjuicio de intentar de nuevo el requerimiento con arreglo a esta ley para los actos de comunicacion………………
en el caso practico del examen el ejecutado no esta, esta su mujer. yo he contestado la C .
un saludoontiverosParticipantehola . respecto a la pregunta 12, en mi opinion es para impugnarla, por lo siguiente:
1- si te vas ala ley art 607.3 que viene a decir. que si hay bienes gananciales se embargaria el % que corresponda, con la suma de los salarios de ambos conyuges (son acumulables).
2-por lo que si fuera separacion de bienes, no se acumularian.
EN EL CASO PRACTICO NO HAY NINGUNA REFERENCIA A SI ESTAN EN SEPARACION DE BIENES O ESTAN EN GANANCIALES.
si das por hecho que estan en gananciales, seria la respuesta D.
si das por hecho que es separacion de bienes, seria la respuesta B , e incluso la respuesta A
como la refencia a la separacion de bienes o a los ganaciales no nos la da el caso practico , ni la pregunta. AQUI NO PODEMOS DAR POR HECHO ALGO DE LO QUE NO TENEMOS NOTICIA.
este es mi razonamiento, necesito vuestra opinion.
ontiverosParticipantehola ,
el monitorio se utilizara para fincas ( pisos y locales ) ,sometidos al regimen de propiedad horizontal.cuando se demande por impagos de cuotas y recibos para el mantenimiento y pago de los gastos generales de la finca.ontiverosParticipantehola sofia.
respecto a la pregunta 79, es copiada de otro examen oficial, la cual ya fue impugnada, ya que tiene dos respuestas correctas.
mirate art.58 RRC y el art 13 RC veras como se contradicen.ontiverosParticipantese me olvidaba, mirar [size=150:1g0v9k35]el art 962 lecrim[/size]
ontiverosParticipantehola.
el hurto flagrante, se resuelve por juicios de faltas.
el hurto , por juicio rapido.por tanto no es correcto el enunciado.
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