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Respuestas de foro creadas

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 432)
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  • en respuesta a: VACACIONES PERSONAL LABORAL #382488
    junta-andalucia
    Participante

    Buenos días,
    Tanto el TREBEP como el VI Convenio Colectivo hablan de 22 días hábiles.
    Saludos.

    en respuesta a: DUDA computo de plazos #382465
    junta-andalucia
    Participante

    Buenas tardes,
    Si el cómputo de plazos es por días, dicho cómputo se inicia a partir del día siguiente a su notificación o publicación. El hecho de que el interesado presente por ej. el recurso en papel o de manera telemática no afecta. El plazo es el mismo, no varía.

    en respuesta a: DUDA computo de plazos #382463
    junta-andalucia
    Participante

    Buenas tardes,
    Cuidado con la diferenciación entre la fecha del acto admtvo objeto del recurso y la fecha de notificación de éste, ya que el cómputo del plazo para recurrir comenzará a partir del día siguiente a su notificación.

    En el caso que planteas si la notificación del acto se produce el día 28 de octubre, tendremos hasta el 28 de noviembre para interponer el recurso de alzada correspondiente, siendo el primer día en el que podré presentarlo el día 29 de octubre.

    Al ser un computo por meses, el que el día siguiente sea hábil o inhábil nos es indiferente.

    en respuesta a: TESTS y TEMAS CONTRATOS #382460
    junta-andalucia
    Participante

    Buenos días,

    Si, están establecidos por la temática “contratos”, incluyéndose cuestiones relativas a ambos temas.

    En cuanto a la manera de afrontar el estudio de los mismos, lo ideal es comenzar con el tema 12 , para después entrar en el estudio del tema 22.

    Escucha las tutorías que dispones sobre ellos, ya que te ayudarán a comprender esta manteria.

    Para cualquier cosa, ya sabes donde estamos.

    Saludos…y ánimo con los contratos!

    en respuesta a: DUDA Recursos Administrativos #382457
    junta-andalucia
    Participante

    Buenos días,
    Podemos hablar de firmeza meramente administrativa, o firmeza “a secas”, que sería el supuesto en el que el acto no es recurrible ni en vía administrativa ni en vía contencioso-administrativa.
    Por otro lado, en principio los administrados deben agotar la vía de impugnación en sede administrativa para interponer recurso contencioso-administrativo. Así, como regla general, el agotamiento de la vía administrativa es uno de los requisitos para poder plantear el recurso contencioso-administrativo.
    Si transcurre el plazo de un mes y no se ha interpuesto el recurso de alzada, el acto deviene firme en vía administrativa.
    Podría, tras ello, quedarnos aún la vía del contencioso (2 meses si el acto es expreso), pero como no hemos agotado la vía admtva interponiendo el recurso administrativo, me inadmitirán el recurso contencioso.

    en respuesta a: Competencias actuales Cartas de Servicios Decreto 317/2003 #382450
    junta-andalucia
    Participante

    Buenos días,

    Se trata de una cuestión debatida y discutida al existir algo de confusión normativa. El Decreto 98/2019 por el que se establece al estructura y competencias de la Consejeria de Turismo, Regeneración, Justicia y AL, establece que la Viceconsejeria ejercerá las competencias inherentes a este Decreto.
    No obstante lo anterior, la SGPA, según el Decreto de estructura de la Consejeria de Presidencia, AP e Interior, tiene competencias para ” La identificación, diseño y ejecución de programas y proyectos para el desarrollo y evaluación de la calidad de los servicios y de atención a la ciudadanía en el ámbito de sus competencias”
    De esta manera, tendremos que estar muy atentos a como se confeccionad la pregunta, ya que pese a que el Decreto de la Consejería de Turismo establece que es su Viceconsejeria la que ejerce las competencias relativas al Decreto 317, en la práctica las competencias en materia de calidad son ejercidas por la SGAP.

    en respuesta a: OJO CON LA CORRECCIÓN DE ERRORES DEL MANUAL DE DISEÑO GRÁFICO #382335
    junta-andalucia
    Participante

    Buenas tardes,

    La tipografía Source Sans Pro es la utilizada en la edición de textos (informes, comunicaciones interiores, etc).
    La tipografía Noto Sans es utilizada para los elementos de la identidad corporativa como puede ser la marca, referencias a Consejerías, etc.

    en respuesta a: TESTS TEMA 26 #382425
    junta-andalucia
    Participante

    Buenos días,
    Al tema 26 pueden corresponder los test “situaciones y acceso número 1 y 2”, así como el test “tes personal, situaciones y acceso número 1”.
    Luego tienes otros cuatro test sobre “función pública y personal”.
    Ten en cuenta que en materias amplias como personal, los test es bueno que se hagan también con preguntas de varios temas, ya que, en definitiva, lo que buscamos es dominar la materia. Por ello, de estos temas encontrarás en los otros cuatro test preguntas sobre materias que se estudian en el tema 26.

    De cualquier modo, si tienes alguna duda, o necesitas algo más, escríbenos y lo vemos.

    Saludos.

    en respuesta a: Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo #382416
    junta-andalucia
    Participante

    Buenas tardes,
    Yo aconsejaría una lectura, al menos, del citado RD. La mayoría de su articulado es una reproducción de artículos de las leyes 39 y 40, desarrollando algunos aspectos.
    Por lo tanto, vamos a asegurar la materia y estudiarlo.
    Saludos.

    en respuesta a: Duda permiso Lactancia #382398
    junta-andalucia
    Participante

    Buenos días,
    Efectivamente los permisos y licencias del TREBEP son de “mínimos”, esto es, una regulación aplicable a todas las AAPP, los cuales, no obstante, pueden mejorar o ampliar, pero siempre respetando estos mínimos que se establecen a nivel estatal.
    Un ejemplo de mejora a nivel autonómico es la duración del permiso para la madre biológica, que Andalucía ha ampliado respecto a la regulación estatal.
    Pero lo que no se puede es ir en contra de estos permisos y licencias que regula el TREBEP, motivo por el cual, ante posibles contradicciones entre la normativa estatal básica y la normativa autonómica, debemos entender no aplicable la regulación autonómica que choca con la normativa estatal.
    Saludos.

    en respuesta a: Gastos de tramitación anticipada #382393
    junta-andalucia
    Participante

    Buenos días.
    La modificación no afectó a los gastos plurianuales sino a los gastos de tramitación anticipada, regulados en el art. 40 bis del Decreto Legislativo 1/2010, por el que se aprueba la Ley de Hacienda de Andalucía.
    Dicha modificación le tenéis incluida en vuestro tema.
    Antes la tramitación de estos expedientes no podrá iniciarse antes de la presentación al Parlamento del Proyecto de Ley del Presupuesto del ejercicio siguiente, pudiendo llegar, como máximo, hasta el momento inmediatamente anterior a la adquisición del compromiso.
    Ahora la tramitación de estos expedientes podrá llegar, como máximo, hasta el momento inmediatamente anterior a la adquisición del compromiso, salvo los expedientes de contratación, que podrán ultimarse incluso con su adjudicación y formalización del correspondiente contrato.

    en respuesta a: DUDA LEY 39/2015 #382388
    junta-andalucia
    Participante

    Buenos días. El art 30.6 está pensado para la tramitación presencial. Por ello cuando se habla de registros electrónicos se excluye su aplicación, regulándose estos por los calendarios de la AGE y CCAAs.
    Por otro lado decirte que los calendarios que aprueban las CCAA incluyen los festivos locales. De ahí su no referencia.
    Entendido?

    en respuesta a: Duda sobre Ampliaciones de crédito y rendición de cuentas #382377
    junta-andalucia
    Participante

    Buenos días,
    Depende del tenor literal de la pregunta en cuestión. Lo que debes tener claro que el control de la ejecución del presupuesto es tarea tanto del Parlamento (control más político), como del Tribunal de Cuentas y Cámara de Cuentas de Andalucía (control más técnico)

    en respuesta a: Duda sobre Ampliaciones de crédito y rendición de cuentas #382375
    junta-andalucia
    Participante

    Buenas tardes,
    Las ampliaciones de crédito según el art. 52.6 se pueden financiar con cargo al Fondo de Contingencia.
    Por otro lado, la rendición de cuentas se hace tanto al Parlamento (rendición o control más eminentemente político), como por el Tribunal de Cuentas y Cámara de Cuentas (control más técnico).

    en respuesta a: Calidad #382362
    junta-andalucia
    Participante

    Buenas tardes,
    Los temas de calidad de los servicios los asume la Consejería de Presidencia, AP e Interior. La discusión reside en el hecho de que, pese lo anterior, el Decreto de estructura de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y AL, dice que su Viceconsejería asume las competencias relativas al Decreto 317/2003.

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